Guía de buenas prácticas para la toma de declaración de víctimas de violencia de género
Se trata de un documento elaborado por expertos del Observatorio contra la Violencia de Género y doméstica. Busca homologar la respuesta judicial con el fin de generar en las víctimas de violencia machista la confianza y la seguridad que necesitan para afrontar el proceso penal.
Con la publicación de la guía, el Observatorio, da cumplimiento al Pacto de Estado contra la Violencia de Género, así como al deber legal de las Administraciones públicas de proteger a las víctimas. Especialmente a las que denuncien los hechos para que el sistema judicial pueda ponerse en marcha y, así, ofrecerles protección y ayudas.
El Observatorio incide en la importancia de evitar la victimización secundaria. Esta se entiende como «las consecuencias psicológicas, sociales, jurídicas y económicas negativas que dejan las relaciones de la víctima con el sistema jurídico penal». El «choque frustrante» entre las legítimas expectativas de las víctimas y la realidad provoca que se sientan «desoladas e inseguras». Esta revictimización genera en ellas una pérdida de confianza en las instituciones y en la capacidad de éstas de dar una respuesta a su situación, según la Guía.
En la guía se pone de manifiesto que no debe la Administración de Justicia contribuir ala aumento del sentimiento de culpabilidad de las víctimas, ya que cuando dan el paso de denunciar los hechos, llegan en una situación psicológica que les hace “sentirse indefensas” y vulnerables.
Violencia de género | Juzgados mixtos
Con el mismo objetivo, desde el Observatorio se pretende evitar el peregrinaje judicial de la víctima resolviendo sobre las medidas civiles y penales solicitadas tras su primera comparecencia, incluido en aquellos casos en los que se ha producido ante el juzgado en funciones de guardia. Es importante también que se procure disminuir la ansiedad de la víctima evitando por todos los medios posibles su confrontación visual con el agresor.
Desde el Observatorio se señala la importancia de una buena organización judicial para favorecer la protección de la víctima. Por lo tanto, reclaman de las instituciones competentes en materia de Administración de Justicia que tomen «en consideración la insostenible situación de los Juzgados mixtos con competencias en materia de violencia sobre la mujer, pues no pueden prestar un servicio público adecuado (ni en el fondo ni en la forma) a la víctima y a sus hijos e hijas».
Se destaca en la guía la importancia, también, de reducir el tiempo de espera, que perjudica a las víctimas e insisten en la importancia en la especialización de los operadores jurídicos intervinientes en el proceso de violencia de género.
La víctima ante la celebración del juicio
Otro de los bloques señalado por la guía se refiere a la atención que debe darse a las víctimas de violencia de género en los órganos de enjuiciamiento. Dada su doble condición de testigo-víctima, deben recibir un tratamiento «propio, específico y diferenciado», pues las leyes les otorgan también unos derechos específicos. Entre otras, la Guía considera «buenas prácticas» que el día antes de la vista oral se les ofrezca la posibilidad de declarar por videoconferencia o de acudir acompañadas por una persona de su confianza.
De igual forma, se destaca la pertinencia de que los medios de comunicación lleven a cabo un respeto a intimidad de las víctimas y familiares. Evitando así la difusión de cualquier información que pueda facilitar su identificación.
Control telemático
Para terminar, el último apartado de la guía se refiere a los dispositivos de control telemático de medidas y penas de alejamiento. Destaca la guía que se trata de una herramienta «de extraordinaria utilidad» ya que «contribuye de forma decisiva a garantizar una mayor seguridad física de las víctimas» tanto por el efecto disuasorio como porque gracias a su uso cualquier incumplimiento de la pena o de las medidas queda registrado.
El Observatorio considera oportuno mejorar la coordinación e intercambio de información entre los operadores implicados. Asimismo, sigue reforzando la formación de todos los operadores jurídicos implicados sobre el uso y funcionamiento de este recurso, cuya eficacia en la protección de las víctimas y de sus hijos e hijas se considera incuestionable.
Finalmente, concluye la guía con la propuesta de potencia un mayor uso de los dispositivos telemáticos y así garantizar una mayor seguridad de los hijos de las víctimas. Así como profundiza en la creación de dispositivos en mochilas y relojes, medidas adaptadas a la edad de los menores.
Consejo General del poder Judicial: GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA TOMA DE DECLARACIÓN DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
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