ACTUALIDAD JURÍDICA

Un accidente ocurrido desde una residencia a otra se considera accidente laboral

By 23 enero, 2023 No Comments
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Un Juzgado de lo Social de Bilbao determina que accidente laboral el traslado de una residencia a otra para acudir a su puesto de trabajo al día siguiente.

El trabajador sufrió un accidente de coche ocurrido entre Madrid y Bizkaia, el trayecto entre su domicilio y la residencia en la que habita entre semana para acudir a su puesto de trabajo. El suceso ocasionó daños suficientes como para permanecer de baja médica, sin embargo, la mutua no reconoció el accidente como laboral, así reconocido por una resolución de la Seguridad Social. El juzgado determina el desplazamiento entre el domicilio familiar y la residencia como accidente laboral o in itinere.

El empleado alega el nexo causal entre el trayecto realizado y el puesto de trabajo, la finalidad del mismo no era acudir directamente a trabajar, pero sí persigue una finalidad laboral. El accidente ocurrió un domingo por la tarde, el desplazamiento se realizó para acudir al lugar del empleo el lunes por la mañana.

La jurisprudencia determina que para los accidentes in itinere deben tenerse en cuenta varios elementos: el trabajador, el lugar de trabajo y su domicilio, así como de la conexión entre ellos en el trayecto. Determina que  «no se trata sólo del domicilio legal, sino del real y hasta del habitual y, en general, del punto normal de llegada y partida del trabajo», la evolución del transporte y de las costumbres sociales implica la ampliación del sentido. Sin embargo, existe una limitación dada por el criterio de normalidad, es decir, que el trayecto y el destino sea habitual, por ejemplo, excluye las visitas a domicilios familiares, por no ser su domicilio habitual. El motivo es el incremento del riesgo que se produce a raíz del desplazamiento, no cubierto por la enfermedad laboral.

Motivos para la consideración del accidente in itinere

  1. El domicilio familiar es el considerado como el propio, el otro es simplemente la residencia por motivos laborales. Existe una vuelta periódica los fines de semana para poder desarrollar su vida privada y familiar. Por lo tanto, se encuentra dentro del ámbito de normalidad.
  2. Las exigencias de movilidad territorial impiden que el trabajador actúe de distinta forma. Se trata de una realidad social que debe ser abordada, los desplazamientos temporales por motivo laboral son cada vez más comunes.
  3. El motivo del viaje es acudir al día siguiente al lugar de trabajo, por lo que existe nexo entre el trayecto y el trabajo.

Además, en el caso concreto, el empleado fundamentó la imposibilidad de desplazarse el lunes (día que comienza a trabajar), debido a las condiciones meteorológicas, por lo que el juzgado determina que el trayecto se realizó en las condiciones más convenientes para la seguridad del trabajador.

 

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