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Responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento por abusos sexuales continuados

By 27 junio, 2023 No Comments
Anciano condenado

 

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha emitido una sentencia en la que condena a un empleado del Ayuntamiento de un municipio sevillano por abusos sexuales continuados hacia una compañera durante su jornada laboral como limpiadores. Además de la condena penal, el Tribunal Supremo aumenta la indemnización que el empleado deberá pagar a la víctima de 3.000 a 20.000 euros. También se establece la responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento en el pago de la indemnización.

La sentencia del Tribunal Supremo rechaza el recurso presentado por el condenado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla.  Que lo había condenado a 4 años y 3 meses de prisión por un delito continuado de abusos sexuales y otro delito de abusos sexuales en grado de tentativa.

Hechos probados

Según los hechos probados, los abusos sexuales ocurrieron en el lugar de trabajo, cuando ambos empleados realizaban tareas de limpieza en diferentes dependencias del Ayuntamiento, como el polideportivo, el colegio, la casa de la cultura y unas naves municipales. El acusado tocó los pechos y otras partes del cuerpo de la víctima. Asimismo, se frotó contra ella por detrás y se expuso indecentemente ante ella en varias ocasiones.

Los abusos ocurrieron en al menos ocho ocasiones durante un período de un año, y en la última ocasión el acusado intentó obligar a la víctima a practicarle sexo oral. Otro empleado del Ayuntamiento escuchó la angustia de la víctima y la insistencia del acusado, lo que provocó que el acusado abandonara el lugar.

Responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento

La sentencia del Tribunal Supremo destaca que el Ayuntamiento es responsable civil subsidiario en este caso debido a su obligación de garantizar la seguridad frente al acoso sexual en el lugar de trabajo, establecida en la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

En cuanto a la indemnización, el Tribunal Supremo considera que la cantidad de 2.000 euros establecida en la sentencia de instancia es insuficiente. Considera que prestando atención a la gravedad de los abusos y a la especial vulnerabilidad de la víctima la cuantía debe ser mayor. Por lo tanto, se fija una indemnización de 20.000 euros.

De este modo, el tribunal confirma la condena al empleado del Ayuntamiento por abusos sexuales y aumenta la indemnización que debe pagar a la víctima. También establece la responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento en el pago de la indemnización.  Indican los magistrados que el Ayuntamiento tiene la obligación de garantizar la seguridad frente al acoso sexual en el lugar de trabajo.