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Real Decreto sobre información de planificaciones fiscales agresivas

By 7 abril, 2021 No Comments
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Permitirá que la Agencia Tributaria tenga mayor información sobre las planificaciones fiscales agresivas

 

El Consejo de Ministros ha aprobado un RD que modifica el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos y que permitirá que la Agencia Tributaria tenga mayor información sobre las planificaciones fiscales agresivas.

El RD completa la transposición de la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo, de 25 de mayo de 2018, que a su vez modifica la Directiva 2011/16/UE en lo relativo al intercambio automático y obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad en relación de los mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación de información, conocida por el acrónimo DAC 6, por ser la sexta Directiva de cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad.

Se establece una nueva obligación de información dirigida, con carácter general, a los intermediarios fiscales, que estarán obligados a declarar a la Administración Tributaria determinadas operaciones transfronterizas que pudieran ser consideradas de planificación fiscal potencialmente agresiva.

En concreto, se deberá informar de los mecanismos transfronterizos (acuerdos, operaciones, negocios jurídicos, esquemas, etc.) en los que intervengan o participen dos o más partes que se localizan, al menos, entre dos Estados de la UE o entre un Estado miembro de la UE y un tercer Estado, siempre que concurra un indicio (seña distintiva) que implique una posible planificación fiscal agresiva.