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Permisos ordinarios de los presos | Tribunal Supremo

By 1 junio, 2023 No Comments
Permisos ordinarios de los presos

El tribunal establece que estas solicitudes deben resolverse en un plazo máximo de tres meses, en lugar de los seis meses que solían ser habituales.

La Sala considera que un largo período entre la denegación de un permiso y el análisis de una nueva solicitud no es acorde con el tratamiento penitenciario ni con los fines de reeducación y reinserción social establecidos en el artículo 25.2 de la Constitución. Por lo tanto, fija que los permisos ordinarios de los presos se resuelvan en un plazo máximo de tres meses.

La sentencia surge a raíz de un recurso presentado por un preso del Centro Penitenciario de La Moraleja en Palencia. El preso se quejaba del sistema semestral de estudio de permisos establecido en esa cárcel.  Argumentaba que un plazo tan largo perjudicaba sus circunstancias y limitaba su acceso a la jurisdicción. De modo que sólo podía acudir a la jurisdicción de Vigilancia Penitenciaria dos veces al año. Sin embargo, tanto el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria como la Audiencia de Palencia habían rechazado su solicitud.

Reglamento Penitenciario

Los magistrados del Tribunal Supremo, en contraposición, consideraron que el preso tenía razón. Señalaron que ni la ley Orgánica ni el Reglamento Penitenciario establecen un procedimiento específico para determinar el lapso temporal en el que deben estudiarse las sucesivas peticiones de permisos de salida de los presos. Aunque la ley regula la duración de cada permiso ordinario y establece límites de tiempo para los permisos de salida en segundo y tercer grado, no aborda el intervalo de tiempo entre las solicitudes de permisos.

La Sala del Tribunal Supremo argumenta que esta cuestión debe ser resuelta jurídicamente, ya que afecta al derecho de los internos a solicitar permisos. Y, además, este derecho deriva directamente de la legislación penitenciaria. Asimismo, afirman que los aspectos procesales y procedimentales relacionados con este derecho deben ser definidos judicialmente mediante la aplicación del ordenamiento jurídico. No podrán dejarse exclusivamente en manos de la organización interna de los centros penitenciarios.

Permisos ordinarios de los presos

La sentencia establece que, aunque corresponde a los centros penitenciarios decidir la organización del estudio de los permisos de los presos, deben hacerlo de manera objetiva, previsible y teniendo en cuenta la finalidad del tratamiento penitenciario. La decisión del tribunal busca garantizar el respeto de los derechos constitucionales de los internos en relación con la solicitud y resolución de permisos penitenciarios.