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Multa de 10.000 euros a una empresa de fiestas infantiles por publicar imágenes de los menores en redes sociales

By 24 julio, 2023 No Comments
imágenes de menores

Multa a empresa de eventos infantiles por utilizar imágenes de los menores sin consentimiento de sus padres. [TOL9.640.934]

La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto una multa de 10.000 euros a una empresa dedicada a la organización de eventos, actividades de ocio y fiestas infantiles. La empresa publicó imágenes de menores en redes sociales sin contar con el permiso de sus representantes.

La empresa publicó en Instagram algunas imágenes de una de las celebraciones llevadas a cabo, en ellas, aparecían algunos de los menores presentes. Una de las madres de una niña de 4 años presentó denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos, al considerar que la actuación de la empresa no fue correcta, al no solicitar el consentimiento de los padres.

En un primer momento, la madre se puso en contacto con la empresa a través de la red social, para solicitar la eliminación de las imágenes, en las cuales aparecía su hija. Sin embargo, no obtuvo respuesta alguna por parte de la empresa, y la publicación se eliminó automáticamente pasadas 24 horas de su publicación. La eliminación no se debió a la voluntad de la empresa, sino a la propia naturaleza de la publicación, las «historias» de Instagram se eliminan pasado un día. 

La reclamación ante la AEPD

Tras los hechos, la madre interpuso una reclamación a la Agencia, al considerar que se trata de un incumplimiento del artículo 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos.

La Agencia solicitó explicaciones a la empresa, en relación a su falta de contestación a la madre para eliminar las imágenes. La empresa respondió que no pudo contestar debido a que la petición se realizó a través de una «solicitud de amistad» en la plataforma. No obstante, la empresa reconoció el error y alegó haber implementado nuevas medidas para prevenir situaciones similares, entre ellas, solicitar el consentimiento de los padres y crear un protocolo ante incidencias.

La AEPD recordó que la imagen física de una persona es un dato personal protegido por el RGPD, y que tanto los centros educativos como las entidades que trabajan con menores deben garantizar su protección, obteniendo el consentimiento de los padres para la publicación de imágenes en redes sociales.

Por ello, la AEPD multa a la empresa con 10.000 euros. La empresa no contaba con las previsiones de política de privacidad y análisis de riesgos para poder llevar a cabo el tratamiento de las imágenes de los menores.