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Nueva Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación

By 13 julio, 2022 No Comments
Rectificación del sexo registral

Entra en vigor la nueva Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación

Entre otras novedades, presenta modificaciones en el Código Penal, cómo el agravante o delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución.

La ley se presenta con vocación de convertirse en el mínimo común normativo que contenga las definiciones fundamentales del derecho antidiscriminatorio español y, al mismo tiempo, albergue sus garantías básicas.

Se presenta como respuesta a una necesidad normativa concreta: crear un instrumento eficaz contra toda discriminación que pueda sufrir cualquier persona y que aborde todos los ámbitos desde los que esta se pueda producir.

Principios inspiradores de la presente Ley para la igualdad de trato.

  • Establecimiento de un marco legal adecuado para la prevención, atención y eliminación de todas las formas de discriminación.
  • El impulso de la aplicación transversal de la igualdad de trato en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas.
  • Y la colaboración entre las mismas, los agentes sociales y la sociedad civil organizada.

Se establecen una serie de medidas y procedimientos que permitan la tutela y reparación mediante el establecimiento de un régimen de infracciones y sanciones.

Objetivo que persigue la Ley.

Prevenir y erradicar cualquier forma de discriminación y proteger a las víctimas, intentando combinar el enfoque preventivo con el enfoque reparador. Por tanto, el texto se caracteriza por tres notas: es una ley de garantías, una ley general y una ley integral.

Definición distintas formas de discriminación

La norma recoge las definiciones acordes con los avances doctrinales y jurisprudenciales en la materia. Debiendo destacar la definición y regulación de la discriminación múltiple e interseccional y de las medidas de acción positiva adecuadas a este tipo específico de discriminación por su trascendencia para el desarrollo de las políticas de igualdad dirigidas a las mujeres, especialmente vulnerables a este tipo de discriminación cuando al motivo de discriminación por razón de sexo se le añade cualquier otro motivo previsto en la ley.

La ley distingue entre discriminación directa e indirecta, Discriminación por asociación y discriminación por error, Discriminación múltiple e interseccional, Acoso discriminatorio, Inducción, orden o instrucción de discriminar, Represalias, segregación escolar.

Ámbitos del derecho a la igualdad de trato y no discriminación

La norma desarrolla los principios de igualdad de trato y no discriminación en determinados ámbitos:

  1. En el empleo por cuenta ajena.
  2. Negociación colectiva.
  3. En el trabajo por cuenta propia.
  4. En organizaciones políticas, sindicales, empresariales, profesionales y de interés social o económico.
  5. En la educación.
  6. En la educación no formal.
  7. En la atención sanitaria.
  8. En la prestación de los servicios sociales.
  9. En la oferta al público de bienes y servicios.
  10. En el ámbito de la seguridad ciudadana.
  11. En la administración de justicia.
  12. En el acceso a la vivienda.
  13. En establecimientos, o espacios y espectáculos abiertos al público.
  14. Medios de comunicación social y publicidad, internet y redes sociales.
  15. Inteligencia Artificial y mecanismos de toma de decisión automatizados.
  16. Actividades culturales y deportivas.

Creación de una autoridad independiente.

Una de las principales novedades es la creación de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación. Ejercerá las funciones que tiene atribuidas en esta ley sin perjuicio de las competencias del Defensor del Pueblo u órganos similares.

Calificaciones de las infracciones y sanciones.

Las infracciones en materia de igualdad de trato y no discriminación se calificarán como leves, graves o muy graves. Las infracciones serán sancionadas con multas que irán de 300 a 500.000 euros.

Modificaciones legislativas.

Legitimación para la defensa del derecho a la igualdad de trato

La norma modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, con el fin de ampliar la legitimación activa para la defensa del derecho a la igualdad de trato y no discriminación, así como para precisar las reglas de la carga de la prueba.

Modificación del Código Penal

La Ley lleva aparejada la modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que lleva a efecto por medio de la Ley Orgánica 6/2022, de 12 de julio, complementaria de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. (TOL9.113.968)

Modifica la agravante 4ª del Artículo 22 del Código Penal.

Modifica los puntos 1 y 2 del artículo 510 del Código Penal, relativo a los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución.

Ambas normas entran en vigor al día siguiente de su publicación.

 

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