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El TSJ de Andalucía condena al ayuntamiento de Écija por discriminación salarial a las mujeres

By 7 julio, 2022 No Comments
Rectificación del sexo registral

 

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha estimado el recurso interpuesto por una de las tres trabajadoras del ayuntamiento de Écija que han sufrido discriminación salarial por ser mujeres. La sentencia dictada por el tribunal recoge una clara diferencia entre las nóminas de funcionarios de la misma categoría entre los años 2016 y 2019.

EL texto señala que las trabajadoras afectadas no recibieron un complemento salarial que si habían recibido los hombres, un complemento salarial de hasta 6.500 euros. Debido a esta circunstancia, las trabajadoras elevaron su queja al ayuntamiento, demandando la igualdad en el salario, pero no se revirtió la desigualdad.

Apreciación de la discriminación salarial

Señala el tribunal que se puede ver de forma clara en los hechos probados una asignación económica menor en las mujeres que en los hombres. La primera de las tres funcionarias recibía anualmente entre 21.466 u 25.936€ brutos, la segunda entre 26.000 y 27.000€, y la tercera en torno a 30.000€, esta última contaba ya con 30 años de antigüedad. Sin embargo, los gestores administrativos hombres percibieron nóminas de entre los 32.000 y 36.000 euros al año. De forma clara, según indica la sentencia, una cantidad muy superior la de los hombres a su compañeras gestoras.

Los magistrados, siguiendo la doctrina adoptada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que afirma que “cuando el resultado es perjudicial sistemáticamente a los trabajadores femeninos, ello solo puede ser debido a que el empresario lo ha aplicado de modo abusivo” la reconocen como una práctica ilícita. Y a su vez, reconocen en el fallo que esta situación persistió en el tiempo pese a existir incluso un informe de interventor favorable al reconocimiento de este complemento a la recurrente. Demostrando, por tanto, que realmente se daba esta situación de discriminación salarial a las mujeres.

La recurrente y las otras afectadas habían requerido al ayuntamiento a que pusiera fin a esta situación que comprende de 2016 a 2019. Se alega desde la defensa que es prioridad de las administraciones públicas velar y defender los derechos y luchar contra la brecha salarial.