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El TSJCV autoriza el ‘toque de queda’ en 77 localidades

By 26 julio, 2021 No Comments
Agilización del desalojo por allanamiento de morada y ocupación ilegal

También autoriza la limitación a un máximo de 10 personas de las reuniones sociales

 

 

 

La Sala de lo Contencioso del TSJCA ha autorizado la limitación a un máximo de 10 personas en las reuniones y la restricción de la movilidad nocturna entre la 1 y las 6 de la madrugada, en 77 localidades de más de 5.000 habitantes.

Estas medidas están contenidas en la Resolución de la Consellería de Sanitat fechada este 21 de julio, en vigor durante el 26 de julio y el 16 de agosto.

La Sala cree que las medidas son equilibradas, y resultan mayores beneficios al interés general que perjuicios sobre otros bienes.

El auto, que puede ser recurrido en casación, se hace eco del crecimiento de contagios, el aumento de hospitalizaciones y la situación cercana al colapso de la atención primaria.

El Tribunal considera que las medidas, de acuerdo con el informe epidemiológico, son necesarias, idóneas y proporcionalidad y que, por tanto, cumplen con el juicio constitucional de proporcionalidad.

A propósito de la Sentencia del Tribunal Constitucional:

El TSJCV ha examinado la Sentencia del TC sobre el estado de alarma y señala que, a diferencia de esa situación, el toque de queda no suspende ese derecho sino que lo limita “compromete cinco horas diarias”.

Además, añaden que ni siquiera queda concernido en ese periodo la totalidad de la Comunidad, sino solo afecta a algunos municipios más castigados por el virus.

Son medidas necesarias e idóneas -señala- para interrumpir la propagación del SARS-Cov-2, pues “atañen al marco de las relaciones sociales y el ocio nocturno no reglado”, que son las principales causas de contagios.

De hecho, la Sala alude nuevamente a la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 14 de julio, según la cual ha de enjuiciarse si la medida resulta necesaria“por no existir otra menos incisiva en el derecho fundamental y de eficacia pareja”.