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ACTUALIDAD JURÍDICA

El Tribunal Supremo absuelve a conductor de omisión de socorro en caso de accidente fatal

By 15 junio, 2023No Comments
omisión deber de socorro

La sentencia 420/2023 de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo absuelve a un acusado de un delito de omisión de deber de socorro, al no poder socorrer a una víctima fallecida.

El Tribunal Supremo ha emitido recientemente una sentencia en la que estima parcialmente un recurso de casación contra una condena por conducción bajo la influencia del alcohol. El resultado es la absolución al acusado del delito de omisión del deber de socorro.

El acusado atropelló a la víctima bajo la influencia del alcohol, la cual falleció al instante, debido a las graves lesiones sufridas, lo cual se corroboró en informes forenses. La sentencia del Supremo estima que si la víctima de un accidente de atropello fallece de manera inmediata, no se puede afirmar que se encontraba en una situación de desamparo y peligro manifiesto y grave, por lo tanto, el conductor no cometió por el delito de omisión de socorro.

Tanto el juzgado de primera instancia como la Audiencia Principal sostenían que el delito de omisión del deber de socorro sí se cometió, en grado de tentativa. Según la sentencia, «el acusado, a pesar de haberse percatado de que había atropellado a una persona, no detuvo su vehículo en ningún momento y abandonó el lugar sin prestar la asistencia necesaria a la víctima».

El acusado no podía prestar auxilio

El Tribunal Supremo destaca que imponer al causante del accidente la obligación de prestar auxilio en una situación en la que no podría cumplirse carece de sentido. En este caso específico, la víctima falleció instantáneamente. La inmediatez de la muerte de la víctima elimina la posibilidad de considerar la situación como desamparo y peligro manifiesto y grave, lo que hace imposible apreciar la comisión del delito de omisión de socorro, ni siquiera en grado de tentativa. La incapacidad de la víctima de recibir auxilio impide que se pueda considerar la omisión de socorro como un delito.

Así, la sentencia del Tribunal Supremo absuelve al acusado del delito de omisión del deber de socorro. Establece que la muerte instantánea de la víctima en un accidente de circulación elimina el deber de socorro, ya que no es posible auxiliar a alguien que ya no puede ser socorrido. Por lo tanto, no se puede castigar la omisión de una acción que no habría tenido ningún impacto en la vida y la integridad física de la víctima, que son los bienes jurídicos protegidos en este caso.

 

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