El Tribunal Constitucional estima el recurso presentado por el TSJ de Aragón y declara inconstitucional y nulo el artículo 10.8 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa. Y por aplicación de lo dispuesto en el art. 39.1 de la LOTC, la sentencia extiende la declaración de inconstitucionalidad y nulidad al apartado i) del art. 11.1 de la mencionada Ley.
Supone la cuarta resolución del TC que declara inconstitucional una norma tomada por el gobierno en la lucha contra la pandemia provocada por el COVID-19 y se suma de este modo a la que anuló el confinamiento del primer estado de alarma, la que declaró inconstitucional el parón de actividad en el Parlamento durante las primeras semanas de la pandemia y la que tumbó el segundo decreto de estado de alarma.
La resolución tomada por el Tribunal se ha dado con el voto favorable de siete contra cuatro votos de los magistrados. El bloque conservador ha votado en un mismo sentido, más el voto del expresidente del Tribunal, el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos.