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ACTUALIDAD JURÍDICA

Desgravación por reinversión para aquellos divorciados que abandonaron la vivienda conyugal hace más de dos años

By 18 mayo, 2023No Comments
Exención por reinversión

En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo abre la posibilidad de aplicar la exención por reinversión en el (IRPF) para aquellos divorciados que abandonaron la vivienda conyugal hace más de dos años. Afirma el supremo, estos individuos pueden beneficiarse de la desgravación por reinversión, incluso en la declaración de la Renta del año 2022.

Desgravación por reinversión de vivienda

La sentencia establece que se cumple el requisito de ocupación efectiva de la vivienda habitual en el momento de la transmisión o en cualquier día de los dos años anteriores a la misma. Tal como lo exige el artículo 41 bis del Reglamento de la Ley del IRPF. Hasta ahora, la Hacienda interpretaba que los divorciados que abandonaron la vivienda familiar más de dos años antes no cumplían con este requisito. Por lo tanto, esto afectaba a aquellos que se vieron obligados a dejar la vivienda debido a la atribución del uso al otro cónyuge.

Caso concreto que trata la sentencia

La Agencia Tributaria denegó la exención de las ganancias por venta de la vivienda habitual a un contribuyente divorciado por esta razón. Esto a pesar de cumplir con el resto de requisitos.

La sentencia del Tribunal Supremo establece que los apartados 1 y 2 del artículo 41 bis deben integrarse en su totalidad en el requisito del apartado 3 del mismo precepto, en relación con la actualidad de la condición de vivienda habitual. Esto implica que tanto la ocupación efectiva como las situaciones de separación, divorcio y nulidad se consideran parte del concepto de vivienda habitual a efectos de la exención por reinversión.

Esta sentencia es una buena noticia para aquellos que vendieron una vivienda en 2018 y pueden beneficiarse de la exención. El Tribunal Supremo determina que tienen tiempo hasta el final de la Campaña de Renta para solicitar la devolución. Lo mismo aplica para aquellos que vendieron entre 2019 y 2022.

Fallo del tribunal | Los divorciados pueden beneficiarse de la desgravación por reinversión, incluso en la declaración de la Renta del año 2022.

En resumen, esta sentencia del Tribunal Supremo permite a los divorciados que dejaron la vivienda conyugal hace más de dos años aplicar la exención por reinversión en el IRPF. Esto implica que podrán beneficiarse de la desgravación por la venta de una vivienda habitual, siempre que cumplan con los demás requisitos establecidos.