Abierto el plazo para que las empresas y entidades culturales puedan adherirse al Bono Cultural Joven. El Boletín Oficial del estado ha publicado la Orden Ministerial por la que se convoca el procedimiento.
La creación del Bono Cultural Joven está contemplada en la disposición adicional centésima vigésima segunda de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 2022, que ha sido desarrollado por el Real Decreto 210/2022, de 22 de marzo, por el que se establecen las normas reguladoras del Bono Cultural Joven.
Los beneficiarios de este programa de ayudas serán aquellas personas que cumplan 18 años en 2022. Podrán destinar el importe de la ayuda a la adquisición de productos, servicios y actividades culturales, tanto públicos como privados. Con las limitaciones económicas previstas en el artículo 8 del Real Decreto 210/2022.
Adhesión al programa
Podrán solicitar la adhesión al programa aquellas personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, establecidas o que presten servicios en España. Y que, de forma profesional y habitual, ejerzan o su objeto social consista en la realización de actividades de venta o puesta a disposición de los citados productos, actividades y servicios culturales, en los términos y con las limitaciones establecidas en el citado Real Decreto 210/2022, de 22 de marzo.
La Orden especifica los datos que se aportaran en el caso de cada uno de los distintos tipos de entidades y empresas, por tramitación electrónica. Todas deberán registrarse en la pestaña específica para entidades culturales de la web habilitada para ello. Necesitarán disponer de certificado o DNI electrónico o solicitar su Cl@ve.
De forma voluntaria, podrán presentar una declaración responsable firmada sobre el cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos en el Real Decreto 210/2022. Esto permitirá el inicio de la actividad desde la fecha de la presentación de la solicitud, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuidas el Ministerio de Cultura y Deporte. Una vez se rellene el formulario electrónico de la web, las empresas tendrán 10 días para enviar la información solicitada, en castellano y en pdf.
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