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ACTUALIDAD JURÍDICA

A partir del 30 de junio se limitan las llamadas spam

By 5 junio, 2023No Comments
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Nuevas restricciones legales para las llamadas spam en España a partir de junio de 2023. [TOL9.093.453]

A partir de este mes, se implementarán una serie de restricciones reguladas por la ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, para abordar el persistente problema de las llamadas spam, debido a su reiteración y la falta de consideración en relación a la hora a la que se realizan.

A pesar de que los consumidores recurren a la conocida «Lista Robinson» para evitar recibir llamadas no deseadas, las operadoras a menudo no cumplen con esta medida y continúan con las mismas conductas. Además, desde 2007 se encuentra regulada la obligación de las empresas a consultar las listas antes de efectuar llamadas, según dispone la Ley de Protección de Datos. A pesar de ello y de las posibles sanciones a las que se enfrentan, no han cesado las llamadas spam.

Entrada en vigor de las restricciones de llamadas

La Ley General de Telecomunicaciones, aprobada el 30 de junio de 2022, dispone que el derecho de los usuarios finales a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, contemplado en el artículo 66.1.b), entrará en vigor dentro de un plazo de un año a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Por lo tanto, a partir del 30 de junio de 2023, las empresas no podrán realizar llamadas a los usuarios que no hayan dado previamente su consentimiento, por imperativo legal. El artículo al que hace referencia la ley explica que los usuarios tienen derecho «a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales o salvo que la comunicación pueda ampararse en otra base de legitimación de las previstas en el artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 de tratamiento de datos personales». 

Sin embargo, se mantendrá la posibilidad de recibir llamadas en el horario establecido, de 10 de la mañana a 9 de la noche, excepto en días festivos. Es importante recordar que en 2021, las principales operadoras se comprometieron a no realizar llamadas durante la siesta y en las primeras horas de la mañana.

Sin embargo, no elimina completamente la posibilidad de realizar dichas llamadas, sino que las limita a un horario concreto: de 10:00 horas a 21:00 horas, salvo festivos (según indica el TRLGDCU). Cabe recordar que las principales operadoras de telefonía en España acordaron no llamar ni a primera hora de la mañana ni durante la hora de la siesta. 

 

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