El Consejo de Ministros ha acordado abrir a audiencia pública el texto del anteproyecto de ley por el que se regula el marco de información corporativa sobre cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza. Se reforman cuatro normas: el Código de Comercio, la Ley de Sociedades de Capital, la Ley de Auditoría de Cuentas y su reglamento de desarrollo.
Información corporativa sobre cuestiones medioambientales
La información obligatoria incluye cuestiones medioambientales, sociales, de derechos humanos y de gobernanza, así como información sobre la forma en que la actividad de la empresa se asocia a actividades económicas que se consideren medioambientalmente sostenibles. Será obligatoria, entre otras cuestiones, información sobre el modelo de negocio y estrategia, objetivos, órganos de administración, políticas, procedimientos de diligencia debida, cadena de valor, principales riesgos e indicadores. La información ahora requerida se corresponde casi en su totalidad con lo ya previsto en el estado de información no financiera regulado en la Ley 11/2018.
Facilidades para las PYMES
El texto propuesto amplía el ámbito de aplicación a todas las empresas cotizadas y entidades financieras, excluyendo microempresas, y tendrá una entrada en vigor escalonada para facilitar la adaptación. Se excluye a las microempresas (activos de menos de 350.000 euros, cifra de negocios menor a 700.000 euros o menos de 10 empleados). Las medianas y pequeñas empresas obligadas dispondrán de una serie de facilidades al contar con unas normas específicas adoptadas por la Comisión acordes a su capacidad y características.
Avance en Transparencia Empresarial y Responsabilidad Social
Para garantizar que la información que se presente sea comparable a nivel europeo, se elaborará de acuerdo con unas normas de presentación de información sobre sostenibilidad adoptadas por la Comisión Europea mediante actos delegados. Como hasta ahora, la información no financiera se incluirá como una sección específica en el informe de gestión. Además, se obliga a las empresas a preparar el conjunto de la información financiera y de sostenibilidad de acuerdo con un formato electrónico único obligatorio. Las empresas filiales o sucursales establecidas en el territorio de la Unión Europea de empresas de terceros países que tengan actividad relevante en la Unión Europea serán las encargadas de la publicación del informe de sostenibilidad.
La información que presenten las empresas será objeto de verificación, bien por un auditor de cuentas o por un prestador independiente de servicios de verificación. España ya había incluido la verificación de la información no financiera en la Ley 11/2018, lo que va a facilitar el proceso de adaptación al nuevo marco de verificación que tiene el objetivo de ser igual de exigente que la auditoría de cuentas.
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