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ACTUALIDAD JURÍDICA

El TSJ de Murcia modifica la pena impuesta a un condenado por tentativa de agresión sexual

By 18 noviembre, 2022No Comments
Medidas contra el aumento de la violencia de género

El Tribunal Desestima el recurso interpuesto por el acusado contra la sentencia de la Audiencia Provincial. No obstante, modifica la pena para adecuarla a la reforma operada por LO 10/2022 [TOL9.180.525 ]de garantía integral de la libertad sexual. En la medida en que la misma resulta «más beneficiosa para el acusado»

La Sala de lo Civil y Penal del TSJMU ha desestimado el recurso de apelación contra la sentencia de la Audiencia Provincial que condenaba a un acusado por tentativa de agresión sexual.

Pero, no obstante, el tribual contempla la reducción de la pena dictada por la sección 3 de la Audiencia Provincial de Murcia. Aclarando el tribunal la rebaja por la «aplicación más favorable de la prevista en la reforma legal». Por tanto, en atención a la favorabilidad operada por Ley Orgánica 10/2022, que queda así fijada en tres años y un día de prisión. La Sentencia Anterior imponía una privación de la libertad de cuatro años y seis meses.

De este modo, se alcanza una rebaja de la pena de un año y medio por tentativa de agresión sexual.

Hechos probados | tentativa de agresión sexual

La sentencia previa de la Audiencia declaró probado que «aprovechando que se trata de una zona con escasa iluminación y poco transitada a esa hora, el acusado empujó a la chica hacia un huerto colindante cubierto de maleza y totalmente a oscuras, y la tiró al suelo. A continuación, la sujetó del pelo y, a fin de satisfacer su deseo sexual, empezó a besarla en la boca y a efectuarle tocamientos en los pechos y genitales por encima de la ropa».

Asimismo, la sentencia declara que no completó el acto sexual con penetración debido a que en el momento fue sorprendido por una pareja de policías. Cómo se indica de forma expresa en la sentencia «fue sorprendido por una pareja de policías locales que, estando de servicio en la zona, oyeron los gritos (…) y accedieron al lugar donde los dos se encontraban, en auxilio de la chica».

Derecho de defensa y a la presunción de inocencia

Los magistrados rechazan que se haya vulnerado el derecho de defensa y a la presunción de inocencia alegada por el condenado. Aclaran que las pruebas practicadas desvirtúan la presunción de inocencia ya que «el acusado fue descubierto in fraganti» por la pareja de policías locales que, «alertados por los gritos de la mujer, se desplazaron hasta el lugar de los hechos hasta descubrir valiéndose de una linterna como, entre la hierba y la maleza, el acusado, con sus pantalones bajados, cogía del pelo a la mujer, que lloraba y tenía la blusa desabrochada y un poco bajados los pantalones».

Fallo de la sentencia

Rebaja de la tentativa de tentativa de agresión sexual

Finalmente, la Sala explica el principio de retroactividad de la norma penal más favorable al reo recogido en el art. 2.2 del Código Penal [TOL223.185]. De tal forma, que, como le corresponde en su condición de órgano de apelación, la adecuación de la pena a la establecida tras la reforma operada por la LO 10/2022 en la medida que resulta más beneficiosa para el acusado, tal y como también había solicitado el Ministerio Fiscal.

la Sala traslada a su decisión el criterio del tribunal sentenciador en la instancia que impuso la mínima extensión de la pena resultante. En el presente caso es de 3 años y 1 día (en vez de los 4 años y 6 meses de la regulación anterior).

La resolución no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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