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En curso de reactivación económica, el SEPE y la Autoridad Laboral establecen un procedimiento para la gestión de los ERTES, mediante la afectación y desafectación de trabajadores en situación laboral intermitente, pudiendo establecer calendarios de trabajo y suspensión de actividad laboral, favoreciendo la flexibilidad de uso del ERTE.
Para los ERTES con trabajo intermitente, el procedimiento es el siguiente:
1º. Comunicación formal del calendario de fechas de trabajo y de mantenimiento de suspensión de empleo en ERTE a los representantes de los trabajadores.
2º. Copia a autoridad laboral y al SEPE, siempre con carácter previo a la efectividad de la medida.
3º. Comunicación concreta de movimientos de alta, baja o variación al SEPE a través de la aplicación Certific@2 mediante fichero XML, dentro de los plazos mensuales establecidos
4º. Variación de datos en Tesorería (periodos de inactividad)