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ACTUALIDAD JURÍDICA

Exhorto en materia de matrimonio infantil

By 3 mayo, 2022No Comments

La Cámara de Senadores exhortó a los congresos de las entidades federativas a armonizar su legislación, con el artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de garantizar que la edad mínima para contraer matrimonio sea a partir de los 18 años.

Lo anterior toda vez que resulta primordial contar con la armonización del sistema jurídico federal y local, en materia de prohibición de matrimonio infantil, para velar por el interés superior de la niñez y cumplir con las disposiciones generales y jerárquicamente superiores.

El matrimonio infantil atenta contra los derechos fundamentales de las niñas y niños y altera su desarrollo normal en esa etapa de su vida, y viola los derechos humanos independientemente de si la persona involucrado es un niño o niña, pero sin duda se trata de la forma más generalizada de abuso sexual y explotación infantil.