ACTUALIDAD JURÍDICA

Corte Suprema de Justicia ratificó condena del ex magistrado Jorge Ignacio Pretelt por la comisión del delito de concusión

By 8 mayo, 2023 mayo 2nd, 2024 No Comments

Después de estudiar el recurso de apelación interpuesto por la defensa del ex magistrado de la Corte Constitucional Jorge Ignacio Pretelt Chaljub en contra de la sentencia proferida por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema, la Sala de Casación Penal de esta corporación decidió mantener en firme la condena de 6 años y medio de prisión por la comisión del delito de concusión.

Con ponencia del magistrado Fabio Ospitia Garzón, la Sala de Casación Penal adujo que los hechos fueron debidamente comprobados, pues en el 2013 el entonces magistrado Pretelt solicitó una gran suma de dinero al apoderado de FIDUPETROL para que la Corte Constitucional fallase una tutela a su favor. 

Adicionalmente, Pretelt le solicitó al apoderado de FIDUPETROL la contratación de un ex magistrado de la Corte Constitucional para que fuese este último quien, supuestamente, llevase el trámite de la tutela. 

Por esas razones, el fallo de la Corte Suprema de Justicia evidenció dos escenarios distintos: (i) las influencias de FIDUPETROL para la selección de la tutela por parte de la Corte Constitucional, y (ii) la solicitud concusionaria, realizada inmediatamente después de la selección de la tutela para su revisión, con el fin de obtener un fallo favorable a los intereses de FIDUPETROL.

En consecuencia, la Sala declaró que el ex magistrado incurrió en el delito de concusión al realizar una solicitud indebida para viabilizar un resultado positivo en el trámite de revisión de la acción de tutela promovida por FIDUPETROL, comportamiento que se identifica con la modalidad de concusión «implícita», según la cual, la petición se supone obligatoria para la víctima, por la posibilidad fundada de recibir un perjuicio en el evento de no acceder a lo pretendido, en razón al poder que el agente detenta

Por esa razón, mantuvo la condena dictada por la Sala Especial de Primera Instancia, pero modificó la pena de multa fijándola en 56,25 SMLMV al momento de la ocurrencia de los hechos. 

Fuente: cortesuprema.gov.co