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«Tax ruling»: El Tribunal General de la UE confirma la ilegalidad de las exenciones fiscales a multinacionales en Bélgica

By 26 septiembre, 2023 enero 24th, 2024 No Comments
tax ruling

El asunto T-131/16 RENV resuelve el conflicto de «tax ruling» generado en Bélgica.

El Tribunal General de la Unión Europea ha confirmado la decisión de la Comisión Europea de 2016, declarando que las exenciones fiscales otorgadas por Bélgica a empresas que forman parte de grupos multinacionales constituyen un régimen de ayudas ilícito. El suceso se conoce como «tax ruling», e infringe las normas de la Unión Europea en materia de ayudas de Estado.

Bélgica ha estado aplicando desde 2005 un régimen fiscal que exonera ciertos beneficios «extraordinarios» de las empresas belgas que forman parte de grupos multinacionales. Estas empresas podían acogerse a una decisión anticipada de las autoridades fiscales belgas, conocida como «tax ruling», especialmente si centralizaban actividades, creaban puestos de trabajo o realizaban inversiones en Bélgica. Bajo este régimen, los beneficios extraordinarios, es decir, aquellos que superaban los beneficios que habrían obtenido empresas autónomas comparables en circunstancias similares, quedaban exentos del impuesto de sociedades.

La decisión de la Comisión

En 2016, la Comisión Europea determinó que este sistema de exención constituía un régimen de ayudas de Estado ilegal e incompatible con el mercado interior y ordenó la recuperación de las ayudas concedidas a cincuenta y cinco empresas beneficiarias.

Sin embargo, el 14 de febrero de 2019, el Tribunal General de la Unión Europea anuló la decisión de la Comisión a raíz de una apelación presentada por Bélgica y varias empresas beneficiarias. 

Finalmente, el 16 de septiembre de 2021, el Tribunal de Justicia, en una revisión del caso, anuló la sentencia del Tribunal General, al considerar que las consideraciones de la Comisión eran adecuadas al régimen de ayudas. Por ello, devolvió el asunto al Tribunal General para que se pronunciara sobre si el régimen constituía una ayuda de Estado según el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Decisión final del Tribunal General

En su dictamen actual, el Tribunal General ha respaldado la posición de la Comisión Europea, declarando que el régimen fiscal belga relacionado con los beneficios extraordinarios infringe las normas de la Unión Europea en materia de ayudas de Estado. El Tribunal rechaza todas las alegaciones formuladas por Bélgica, incluyendo las relacionadas con la financiación del régimen a través de fondos estatales y la supuesta inobservancia de las normas fiscales aplicables en Bélgica.

Además, sostiene que la Comisión demostró que el régimen concedió ventajas fiscales a sus beneficiarios y que era selectivo al introducir diferenciaciones entre operadores en situaciones fácticas y jurídicas comparables. Señala que el régimen era selectivo porque no estaba disponible para empresas que optaron por no invertir en Bélgica o no centralizar actividades ni crear empleos en el país, ni para empresas que formaban parte de grupos de pequeño tamaño.

 

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