La Sala de lo Contencioso del TS ha desestimado la petición de Ciudadanos de proceder a la suspensión cautelarísima de los indultos concedidos por el Gobierno a los nueve presos del procés.
Consideran que no hay una “especial urgencia” para tramitar la suspensión “inaudita parte”, sin escuchar a la Abogacía del Estado en representación del Gobierno.
Los magistrados ordenan ahora tramitar el incidente cautelar por el procedimiento ordinario, dando a la Abogacía del Estado como contraparte un plazo de cinco días para formular alegaciones a la suspensión que solicitan los representantes de Ciudadanos.