La Sala de lo Contencioso del TS ha desestimado la petición de Ciudadanos de proceder a la suspensión cautelarísima de los indultos concedidos por el Gobierno a los nueve presos del procés.
Consideran que no hay una «especial urgencia» para tramitar la suspensión «inaudita parte», sin escuchar a la Abogacía del Estado en representación del Gobierno.
Los magistrados ordenan ahora tramitar el incidente cautelar por el procedimiento ordinario, dando a la Abogacía del Estado como contraparte un plazo de cinco días para formular alegaciones a la suspensión que solicitan los representantes de Ciudadanos.