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ACTUALIDAD JURÍDICA

Subida del salario mínimo interprofesional

By 15 febrero, 2023No Comments
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Subida del salario mínimo interprofesional en un 8 % hasta los 1.080 euros [TOL9.393.176]

El consejo de ministros a aprobado elevar la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional hasta los 1.080 euros al mes. Esta subida del salario mínimo interprofesional se tiende en 14 pagas, es decir una subida consistente en 15.120 euros brutos mensuales.

La medida ha contado con el apoyo de CCOO y UGT, aumenta un 8% y acumula un incremento del 47% en los últimos cinco años. Como viene siendo habitual, la subida cuenta con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2023.

Las personas trabajadoras eventuales

El Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023, indica en su artículo 4:

Las personas trabajadoras eventuales, así como las temporeras y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días percibirán, conjuntamente con el salario mínimo a que se refiere el artículo 1, la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias a que, como mínimo, tiene derecho toda persona trabajadora, correspondientes al salario de treinta días en cada una de ellas, sin que la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 51,15 euros por jornada legal en la actividad.

Beneficiarios de la subida del salario mínimo interprofesional

El Ministerio de Trabajo indica que, según los datos manejados, la subida beneficiará a dos millones y medio de personas trabajadoras. Asimismo, el Banco de España estima que beneficia a un 10 % de la población asalariada. La vicepresidenta segunda ha añadido que afectará de forma positiva a la demanda interna y al consumo, al que podría destinarse un incremento de más 3.000 millones de euros.

Entrada en vigor y periodo de vigencia.

Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo en el mismo establecido con efectos del 1 de enero de 2023.