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ACTUALIDAD JURÍDICA

Sanción impuesta a un policía | vídeo de prevención de la COVID

By 5 junio, 2023No Comments
Anciano condenado

 

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia respalda la sanción impuesta a un policía local de Murcia, consistente en una suspensión de 5 días de empleo y sueldo, por no informar a sus superiores sobre un vídeo que grabó en marzo de 2020 relacionado con el coronavirus. Aunque el agente no se identificaba como miembro de la policía en el vídeo, se volvió viral y un medio de comunicación reveló su pertenencia al cuerpo. El TSJ de Murcia avala la sanción impuesta a un policía por no informar a sus superiores de la grabación del vídeo de prevención de la COVID.

Sancionado por cometer una falta disciplinaria grave

la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Murcia sancionó al policía por cometer una falta disciplinaria grave.  Pues este no cumplió con la obligación de informar diligentemente a sus superiores sobre un asunto que requería su conocimiento o decisión urgente. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia, dictada por las magistradas María Consuelo Uris, María Esperanza Sánchez y Gema Quintanilla, respalda la sanción impuesta.

El TSJ de Murcia avala la sanción impuesta a un policía

El agente grabó un video el 12 de marzo de 2020 en la playa de Las Llanas de San Pedro del Pinatar, en el que aparecía junto a otra persona hablando sobre cómo prevenir el coronavirus mediante actividades al aire libre, evitar el contacto con otras personas y fortalecer el sistema inmunológico con baños de agua fría. El video fue difundido por el propio agente en Facebook y en diferentes grupos de WhatsApp el mismo día. La grabación tuvo tanta repercusión que fue publicada en la versión digital del periódico La Verdad. Donde mencionaban su condición de policía y sugiriendo que estaba incumpliendo la cuarentena establecida.

El comisario principal solicitó al agente que informara sobre la decisión de grabar el video, ya que no lo había hecho voluntariamente. El agente, sancionado por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Murcia,  decidió impugnar la resolución ante los tribunales.

Fallo a favor del agente

En un principio, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº7 de Murcia falló a favor del agente. El juzgado argumentó que el órgano que inició el procedimiento disciplinario y nombró al instructor y al secretario carecía de competencia. Sin embargo, el Ayuntamiento de Murcia apeló la sentencia.

La representación legal del Ayuntamiento de Murcia presentó un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia donde argumentaban que la Ley de Bases de Régimen Local establece un régimen especial para los municipios de gran población como Murcia, y atribuye a la Junta de Gobierno Local el poder disciplinario sobre los empleados públicos, incluyendo a los miembros de la Policía Local.

Los magistrados han recordado que la ley de coordinación de las Policías Locales de la Región de Murcia establece que el alcalde tiene la competencia para iniciar un expediente disciplinario y, en su caso, imponer sanciones. Además, indican que el órgano competente para iniciar el procedimiento también tiene la facultad de nombrar al instructor y, en su caso, al secretario.

Asimismo, remarcan, que, dada la situación de emergencia nacional, el agente tenía la responsabilidad de evitar especulaciones. Así como el deber de poner fin a los comentarios y a la difusión del video, que generaba dudas sobre la fecha de grabación.

En consecuencia, el Tribunal Superior de Justicia estimó el recurso presentado por la Administración. Respaldando así la competencia de la Junta de Gobierno Local y respaldando la sanción impuesta al agente.