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ACTUALIDAD JURÍDICA

Prisión para un abogado por apropiarse de la indemnización de su cliente

By 7 marzo, 2023No Comments
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El abogado utilizó el engaño para apropiarse de la indemnización obtenida por el despido improcedente de su cliente. Se reclama el pago de las cantidades percibidas, así como la condena del acusado. 

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo establece en la sentencia 100/2023, de 15 de febrero, una condena de 6 años y 3 meses de prisión a un abogado por apropiarse de más de 200.000 euros de indemnización que se había concedido a su cliente, a razón de un despido improcedente.

Al abogado acusado se le atribuye un delito de apropiación indebida agravada por el valor de la defraudación, con una pena de 4 años y 3 meses de prisión, más inhabilitación especial para la abogacía durante 5 años y una multa de 7.875 euros. También se le atribuye un delito continuado de falsedad documental, penado con 2 años de prisión y una multa de 6.775 euros. Además de las penas establecidas, el abogado debe devolver todo lo cobrado indebidamente en nombre del cliente, más los intereses legales devengados.

La víctima contrató los servicios del abogado en 2012, para interponer una demanda por despido improcedente. Tras estimarse las pretensiones, y la declaración de firmeza de la sentencia, el juzgado expidió el mandamiento de devolución de las cantidades al trabajador.  La cuantía principal junto a los intereses, ascienden a un total de 227.900 euros. La entrega se efectuó al letrado, sin embargo, no trasladó las cantidades a su cliente, se apropió de las mismas.

Mediante el engaño, el letrado consiguió retrasar el pago de las cantidades al cliente. A través de la presentación de falsos impeditivos en el proceso para el cobro, incluyendo documentos falsos (suyos, o realizados por terceros) para una supuesta presentación de recurso de amparo, motivo por el cual justificó la suspensión del pago de las cantidades.

El tribunal rechaza el recurso del abogado acusado

La Sala determina una correcta valoración de la prueba por parte del TSJ de Cataluña, motivo por el cual, desestima el recurso del abogado. Queda probado que recibió el pago de la indemnización, mediante prueba documental, así como  la intención de eludir el pago a su cliente, a través de los falsos documentos presentados para un supuesto recurso de amparo. El tribunal señala que los documentos «sólo servían para encubrir su acción, siendo plenamente razonable la inferencia de que hubo de ser él quien encomendó o abordó la realización de las fotocopias para justificar a su cliente por qué no debía entregarle los fondos».

El Supremo únicamente corrige la cuantía de la pena de multa, anteriormente de 13 meses a razón de 25 euros diarios. Tanto el fiscal como la acusación popular solicitaron una cuantía menor, rebaja la multa, en la misma cuantía diaria, a 9 meses.

 

 

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