ACTUALIDAD JURÍDICA

Nuevo modelo 345 para el ejercicio 2023

By 31 mayo, 2023 No Comments
Nuevo modelo 345

La edición del BOE del 30 de mayo, publica el nuevo modelo 345 para el ejercicio 2023. Se trata de la Orden HFP/528/2023, modifica la Orden HFP/823/2022. Establece nuevas condiciones y procedimientos para la presentación del modelo 345 de «Declaración Informativa. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes Individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia. Declaración anual partícipes, aportaciones y contribuciones».

Asimismo, también se modifica la Orden HAP/1608/2014, aprobando el modelo 187 de «Declaración informativa. Acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de IRPF, IS e IRNR en relación con rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de transmisiones o reembolsos de esas acciones y participaciones y derechos de suscripción».

Nuevo modelo 345

La orden entrará en vigor el 31 de mayo de 2023 y se aplicará por primera vez a las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2023, que se presentarán a partir de 2024.

La modificación del modelo 345 tiene como objetivo adaptar y precisar la redacción de los registros actuales en respuesta a las reformas introducidas por la Ley 12/2022, la Ley 31/2022 y el Real Decreto 1039/2022. Estos cambios buscan reflejar las modificaciones aprobadas en relación a los límites de las reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, facilitar el cumplimiento de las obligaciones informativas por parte de los declarantes y garantizar la seguridad jurídica.

Actualización de «CLAVE» y «SUBCLAVE»

Específicamente, se actualiza la redacción de los campos «CLAVE» y «SUBCLAVE» en el registro de tipo 2 del modelo. Así como se introducen cuatro nuevos campos relacionados con datos adicionales para la «CLAVE M», rendimientos íntegros del trabajo no superiores a 60.000 euros, datos identificativos del empleador que sea promotor o tomador del sistema de previsión social, y devoluciones o reintegros por excesos de aportaciones sobre los límites financieros y fiscales.

Estas modificaciones se realizan con el fin de adaptar los diseños de registro y la información requerida en el modelo a todos los casos contemplados en el artículo 52.1 y en la disposición adicional decimosexta de la LIRPF (Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).