ACTUALIDAD JURÍDICA

El Consejo de Ministros aprueba el nuevo Estatuto General de la Abogacía Española

By 3 marzo, 2021 No Comments

El Real Decreto entrará en vigor el 1 de julio

 

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se aprueba el nuevo Estatuto General de la Abogacía Española (en adelante, EGEA). Sustituirá al que regía desde el año 2001.

El nuevo estatuto regula por primera vez aspectos tan importantes para el ejercicio de la profesión como:

a. La prestación libre de servicios en todo el territorio nacional y europeo

b. Desarrolla de forma exhaustiva el derecho al secreto profesional, que protege y refuerza

c. Establece el reconocimiento expreso a los colegios de la Abogacía a presentar denuncias ante el Consejo General del Poder Judicial cuando se producen reiterados retrasos injustificados en los juzgados y tribunales y cuando se produzcan conductas que afecten a la libertad o independencia de un letrado

Sobre el secreto profesional:

Recoge, por primera vez, el derecho de los letrados y letradas a reclamar la presencia del decano de su colegio en el eventual registro judicial de su despacho. Igualmente, limita este tipo de registros a los archivos del caso que está bajo investigación (La presencia del decano colegial en los registros sólo estaba prevista hasta ahora a demanda del juez instructor o de la autoridad gubernativa).

Quejas:

Mandata a los Colegios de la Abogacía para que establezcan protocolos de actuación con el fin de trasladar las quejas justificadas  en forma de denuncia ante el Consejo General del Poder Judicial. Las aludidas quejas se refieren tanto al retraso injustificado y reiterado en juzgados y tribunales como a los casos en que se exponen conductas que hayan coartado la libertad o independencia de los abogados o abogadas.

Publicidad:

El texto también dedica especial atención a la publicidad de los servicios profesionales, reconociendo un principio de libertad pero estableciendo ciertos límites deontológicos (abstenerse de garantizar resultados o de incitar al conflicto).

Transparencia:

A los órganos colegiales les impone la obligación de informar de forma continuada a través de sus páginas web, de presentar una memoria anual y de establecer cartas de calidad de sus servicios.