ACTUALIDAD JURÍDICA

Nueva Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual

By 8 julio, 2022 No Comments
General de Comunicación Audiovisual

Entra en vigor hoy 8 de julio la nueva la nueva la Ley 13/2022 [TOL9105579], de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, tiene por objeto la regulación de esta materia en el ámbito estatal.

 

La norma, Ley General de Comunicación Audiovisual, es fruto de valores democráticos como: la dignidad humana; la protección de los usuarios respecto de contenidos que atentan contra la dignidad de la mujer; la obligación de transmitir una imagen respetuosa y apreciativa de las personas con discapacidad; la promoción del pluralismo lingüístico existente en España; y la veracidad de la información.

De igual forma, la nueva ley promueve la autorregulación y la co-regulación en el ámbito de la comunicación audiovisual.

Modificaciones para la protección de menores

Este aspecto de la Ley 13/2022, se relaciona con la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Se incrementa la protección de los menores.

  • Todos los prestadores estarán obligados a facilitar información sobre el contenido que puede ser perjudicial para ellos mediante sistemas de calificación por edades.
  • Aquellos programas cuya calificación sea “no recomendada para menores de 18 años” sólo podrán emitirse entre las 22.00 h y las 6.00h.
  • Las plataformas de intercambio de videos habrán de estar inscritas en el registro estatal de prestadores del servicio de comunicación audiovisual. Deberá, así mismo, operar un sistema de verificación de la edad y mecanismos que califiquen correctamente los contenidos en función esta.
  • La publicidad de bebidas alcohólicas se restringe a determinadas franjas horarias: La bebidas de graduación superior a 20 grados sólo podrá emitirse ente la 1:00 horas y las 5:00 horas. Y aquellas menores a 20 grados podrán emitirse entre 20:30-5:00 horas.
  • Esoterismo y paraciencias, juegos de azar y apuestas: entre las 1:00 horas a 5:00 horas.

Accesibilidad

Como novedad de cara a la actual normativa, se crea un punto único para reclamaciones relativas a la accesibilidad por parte de los usuarios, que será la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Promoción de la industria audiovisual nacional y europea.

La promoción de la obra audiovisual europea es una prioridad comunitaria; se lleva a cabo una reserva del 51% del tiempo de emisión a obras europeas. Y de este porcentaje, un 50% se reservará para obras audiovisuales en lengua oficial del Estado o en alguna de las oficiales de las comunidades autónomas.

De igual forma, establece el texto que aquellas comunidades autónomas que gocen de lengua oficial propia podrán regular las obligaciones adicionales para los prestadores del servicio público de comunicación audiovisual en sus correspondientes ámbitos autonómicos.

Fomento de la riqueza lingüística

El texto legal responde también ante el compromiso del gobierno para con la diversidad nacional y la protección de su riqueza lingüística. Y por esto la Ley pretende fomentar los servicios de comunicación audiovisuales televisivos en las lenguas cooficiales; el texto prevé la posibilidad de establecer programas de ayudas al subtitulado o doblaje de las obras audiovisuales en estas lenguas.

Asimismo, tras la tramitación parlamentaria, incorpora una serie de medias de fomento de las lenguas cooficiales como:

  • la creación de un fondo de ayudas entre el Estado y las comunidades autónomas que será transferido a los organismos competentes.

Radiotelevisión Española (RTVE)

Para terminar, la norma aprobada establece mecanismos nuevos para la financiación de RTVE mediante la aportación de todos lo agentes presentes en el mercado audiovisual: televisión lineal en abierto; televisión lineal de pago; prestadores de vídeo bajo demanda; y plataformas de intercambio de vídeos.

Esta prestación la realizarán todos aquellos prestadores que estén establecidos en España y todos aquellos establecidos en algún estado miembro de la Unión Europea que ofrezcan sus servicios en España.