Tras el amplio respaldo por el Congreso de los Diputados, la Proposición de Ley Orgánica está pendiente de aprobación por la Cámara Alta
La Proposición de Ley Orgánica de Eutanasia, que tuvo un amplio respaldo en el seno del Congreso de los Diputados, está pendiente de enmiendas y propuestas de veto por parte del Senado.
En el Congreso de los Diputados logró 198 votos a favor, 138 votos en contra y 2 abstenciones.
Justificación de la eutanasia según la propia Exposición de Motivos de la Proposición de Ley Orgánica:
La eutanasia conecta con un derecho fundamental como es la vida, pero que se debe cohonestar también con otros derechos y bienes, igualmente protegidos constitucionalmente, como son la integridad física y moral de la persona (art. 15 CE), la dignidad humana (art. 10 CE), el valor superior de la libertad (art. 1.1 CE), la libertad ideológica y de conciencia (art. 16 CE) o el derecho a la intimidad (art. 18.1 CE).
Incidencia sobre el Código penal:
La Ley Orgánica de eutanasia tendrá incidencia sobre el Código penal, en tanto que supondrá la adición de un nuevo punto 5 al artículo 143 del código penal. Implicará que, si se sigue con lo establecido en la norma, no constituirá delito la causación o cooperación en la muerte de una persona que sufra un «padecimiento grave, crónico e imposibilitante o una enfermedad grave e incurable», siempre que sea bajo su solicitud.
De esta manera, tras su aprobación por ambas cámaras, España se convertirá en el cuarto país de la Unión Europea en garantizar la eutanasia, es decir, la «buena muerte».