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DOSSIER | MEDIDAS ECONÓMICAS Y SOCIALES URGENTES PARA PALIAR LOS EFECTOS DE LA GUERRA DE UCRANIA

By 31 marzo, 2022 No Comments

 

Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania [TOL8.886.633]

Medidas de ayudas a familias y trabajadores

Se establece una rebaja de 0,20 euros por litro de combustible repostado, entre ellos, gasóleo, gasolina, gas y adblue.

Los suministradores de carburantes y combustibles podrán solicitar mensualmente la devolución de los descuentos que implica esta bonificación y también tendrán la posibilidad de pedir un adelanto a la Agencia Tributaria.

Para proteger el empleo, el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 30 de junio de 2022. El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida.

Asimismo, no podrán utilizar estas causas para realizar despidos las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público.

Limitación en la actualización de alquileres

La norma establece una limitación extraordinaria de la actualización anual del alquiler de la vivienda habitual, impidiendo subidas superiores al 2%. Dicha limitación, vigente hasta el próximo 30 de junio, atiende a la necesidad de que la evolución del IPC por la guerra no se traslade al precio del alquiler.

El inquilino tendrá la posibilidad de negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta. En ausencia de pacto, la renta no podrá actualizarse por encima de la variación experimentada por el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), situado actualmente en el 2%.

En el caso de que el arrendador sea un gran tenedor, el pacto a alcanzar entre propietario e inquilino no podrá suponer un incremento superior a la variación anual del IGC.

Incremento del ingreso mínimo vital

Los beneficiarios del ingreso mínimo vital tendrán un incremento del 15% en las mensualidades de abril, mayo y junio de 2022. Este incremento también será de aplicación, en los mismos términos, a las solicitudes de esta prestación que hayan sido presentadas a la fecha de la entrada en vigor del Real Decreto-ley, pero no hayan sido resueltas, así como a aquellas que se presenten con posterioridad, siempre que los efectos de su reconocimiento no sean posteriores a 1 de junio de 2022.

El incremento se efectuará sobre el conjunto de la nómina, es decir, incluyendo el complemento de ayuda a la infancia, vigente desde el 1 de enero y que establece una ayuda de 100 euros por hijo menor de 3 años, 70 euros para menores entre 3 y 6 años y 50 euros por niño menor entre 6 y 18 años, para los hogares que lo perciben.

Además, se incluye un tratamiento especial para las mujeres víctimas de trata, a las que se facilitará el acceso al IMV y la derivación a los recursos asistenciales.

Descuentos del bono social de electricidad hasta el 30 de junio de 2022

Los hogares que reciben el bono social eléctrico comprenderán a los perceptores del ingreso mínimo vital. La norma contempla la renovación automática del bono social. Los descuentos del 60% y el 70% para los consumidores vulnerables y los vulnerables severos se mantendrán hasta el 30 de junio.

Se mantienen las rebajas fiscales en el recibo de la luz hasta el 30 de junio: reducción del IVA al 10%, del Impuesto de la Electricidad al 0,5% y suspensión del impuesto del 7% a la generación eléctrica. Se prorroga también el límite al crecimiento de la tarifa de gas (TUR) para hogares y pymes en las próximas revisiones.

Aprobación de una línea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomo

Aprueba una nueva línea de avales de créditos ICO por 10.000 millones de euros para cubrir necesidades de liquidez provocadas por el aumento temporal del coste de la energía y los combustibles.

Las condiciones aplicables y requisitos para cumplir, incluyendo el plazo máximo para la solicitud del aval, se establecerán por acuerdo de Consejo de Ministros. Los créditos avalados podrán solicitarse hasta el 31 de diciembre de 2022.

Se extiende el plazo de vencimiento de los préstamos avalados por el ICO y el plazo de carencia para los sectores más afectados.

Los autónomos y pymes pertenecientes a los sectores agrícola, ganadero, pesquero y de transporte por carretera, especialmente afectados por el incremento de los costes energéticos, podrán solicitar una ampliación de seis meses del plazo de carencia o mediante una carencia adicional.

Medidas de apoyo al sector agrícola, ganadero y pesquero

Los apoyos para mitigar el impacto en el sector primario suman 193,47 millones de euros para el sector agrario y ganadero, el sector productor de leche percibirá un total de 169 millones de euros y la pesca extractiva y acuícola contará con unas ayudas de 68,18 millones de euros.

Se establece la exención de la tasa portuaria para la pesca fresca y del canon de uso de bienes de dominio público hidráulico para las instalaciones de acuicultura continental, durante un periodo de 6 meses.

El Gobierno pondrá a disposición de los productores de leche 169 millones de euros en ayudas directas, de los cuales 124 millones de euros son para el sector productor de leche de vaca (210 euros por vaca hasta un máximo de 40 animales por beneficiario, 145 euros por animal entre 41 y 180 cabezas; y 80 euros por más de 180 vacas), 32,3 millones de euros para los productores de leche de oveja (15 euros por animal) y 12,7 millones de euros para los de leche de cabra (10 euros por cabeza).

Las ayudas directas para buques y empresas armadoras pesqueras para compensar por el incremento, del combustible sumarán 18,18 millones de euros y oscilarán entre los 1.550,52 euros por barco (con un tonelaje bruto de menos de 25) hasta un máximo de 35.000 euros para los buques a partir de 2.500 de tonelaje bruto.

El sector pesquero y acuícola dispondrá, de un total de 50 millones de euros (30 millones para compensar a los pescadores por los costes adicionales ocasionados y otros 20 millones de euros para la acuicultura).

El sector pesquero, se beneficiará del aplazamiento en el pago de las cuotas de seguridad social por tres meses, periodo que también se amplía al agrario.

Los pescadores, también podrán beneficiarse de la línea de crédito del Instituto de Crédito Oficial y de la Sociedad Estatal de Caución Agraria (ICO-SAECA) con principal bonificado, así como del pago de avales SAECA.

Se recoge la modificación normativa por la que se exime a los agricultores de la obligación de dejar en barbecho un 5 % de sus superficies de cultivo y se flexibiliza el requisito de diversificación.

Medidas de apoyo a la industria electrointensiva y gasintensiva

Se aprueban una serie de medidas destinadas a ayudar a la industria gran consumidora de energía que suman 488 millones de euros.

Estas ayudas están dirigidas a los sectores industriales de gran consumo energético en el contexto de la guerra en Ucrania, con el fin de mejorar su competitividad y reforzar sus capacidades industriales y el empleo.

Se aplicará un mecanismo de apoyo a la industria electrointensiva consistente en una reducción en la factura eléctrica del 80% del coste correspondiente a los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad aplicables en cada momento. Esta medida tendrá efectos desde el 1 de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022 y supone un coste de 225 millones de euros.

Se destinarán 125 millones de euros en ayudas directas a empresas gasintensivas. Los sectores que se van a beneficiar de estas ayudas son el papel y el cartón, el vidrio y la cerámica.

Se prevé la convocatoria para la concesión de las subvenciones recogidas en el Estatuto de los Consumidores Electrointensivos para compensar los cargos de la factura eléctrica destinados a la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares. El importe máximo autorizado es de 73,6 millones de euros.

Aprobado un aumento de 65 millones de euros para compensar los costes de emisión de CO2 para este año.

 

Medidas de apoyo a la industria cultural

Se prevé ampliar los plazos para las películas beneficiarias de ayudas en el periodo 2020 a 2022, cuyo rodaje esté previsto en Ucrania, Rusia y países limítrofes afectados por la guerra.

Los plazos establecidos para iniciar el rodaje y comunicarlo al Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), o al organismo competente, se amplían en seis meses y en ocho meses en el caso de las películas de animación. También se amplían los plazos para comunicar el final de rodaje y solicitar la calificación y el certificado de nacionalidad.

Se flexibilizará el procedimiento para la calificación de las películas y otras obras audiovisuales de nacionalidad ucraniana, hasta que puedan obtenerse de manera normalizada los certificados o documentos acreditativos de la nacionalidad expedidos por el organismo oficial competente en Ucrania.

Se modifica el Real Decreto-Ley 17/2020 por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19. En concreto, se modifica la disposición que se regula la función social de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual. Durante un plazo de cuatro años se mantiene la flexibilidad otorgada a las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual para establecer los porcentajes de recaudación destinados a actividades asistenciales dirigidas a sus socios, tales como ayudas escolares, becas de comedor, ayudas al alquiler, complementos a pensiones, etc.

Medidas de apoyo al sector del transporte

Se prevé una inyección de más de 1.000 millones de euros, incluyendo la bonificación al precio del combustible que supera los 600 millones para el sector.

El plan despliega una línea de ayudas directas de 450 millones, que supondrán ayudas de 1.250 euros por camión, 900 por autobús, 500 por furgonetas y ambulancias, y 300 por vehículo ligero (taxis y VTC); y un crédito extraordinario para duplicar las cuantías destinadas a las ayudas al abandono de la profesión de transportista, y se materializa la devolución mensual del gasóleo profesional.

Medidas de agilización de los procedimientos relativos a proyectos de energías renovables

Se prevé una actualización extraordinaria de la retribución a las renovables, la cogeneración y los residuos.

Por otro lado, la minoración del gas para reducir los beneficios extraordinarios en el mercado eléctrico se prorroga hasta el 30 de junio y se amplía su ámbito de aplicación a la energía contratada a plazo y a precio fijo desde la entrada de la norma, si dicho precio es superior a 67 €/MWh.

También se aceleran los procesos de autorización para instalar generación eólica y solar en áreas con poco impacto ambiental y se reservan al menos 7 GW de capacidad de acceso para autoconsumo. Junto a ello, las reservas estratégicas de gas natural pasarán de 20 días de consumo a 27,5 días, con mayor flexibilidad.

Aplazamiento de cuotas a la seguridad social para empresas

Se establecen aplazamientos de las cuotas de seguridad social y por conceptos de recaudación a un interés muy reducido del 0,5%, en los siguientes casos:

-Empresas con trabajadores en alta en el Régimen General de la Seguridad Social y los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, que desarrollen su actividad en el sector del transporte urbano y por carretera (CNAE 4931, 4932, 4939, 4941 y 4942), cuyo devengo tenga lugar entre los meses de abril a julio de 2022, en el caso de empresas, y entre los meses de mayo a agosto de 2022, en el caso de trabajadores autónomos.

-Las empresas y trabajadores incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, cuyo devengo tenga lugar entre los meses de marzo a junio de 2022.

Asimismo, se extienden un mes más estos aplazamientos para las empresas Sistema Especial Agrario (de marzo a junio) y para autónomos pertenecientes al Sistema Especial para Trabajadores por cuenta propia (SETA), de abril a julio.

Facilidades de nacionalidad para los refugiados ucranianos

La norma establece que las personas de origen ucraniano que soliciten la nacionalidad española estarán exentas de aportar los certificados de nacimiento y antecedentes penales de su país de origen, asimilándose así a las personas refugiadas y apátridas reconocidas como tales por el Ministerio del Interior.

Estarán igualmente exentas de aportar esta documentación en los procedimientos que se tramiten en los registros civiles mientras dure el conflicto.

Medidas de apoyo a la acogida de refugiados de Ucrania.

Se aprueba un crédito extraordinario de 1.200 millones de euros en el año 2022 para la acogida de personas refugiadas procedentes de Ucrania. El crédito extraordinario se destinará a cubrir todos los gastos para la puesta en marcha de los Centros de Recepción, Atención y Derivación (CREADE), así como el refuerzo de plazas del sistema de acogida y el resto de los importes necesarios para la atención de las personas procedentes de Ucrania.

Medidas de protección a las personas vulnerables

Se adopta un modelo de acreditación unificado de la condición de víctima de trata de seres humanos o explotación sexual, para que los servicios públicos o entidades sociales puedan acreditarlo. Además, se incluye la trata en la atención al 016,  en ucraniano; se establece un régimen gratuito de cuentas bancarias para personas vulnerables o con riesgo de exclusión financiera y se articula también la posibilidad de otorgar subvenciones destinadas a la prevención, detección, atención y protección de víctimas de violencia contra las mujeres y de víctimas de trata y explotación sexual, en el marco de la crisis humanitaria.

 

 

Medidas educativas en favor de los estudiantes ucranianos.

El Plan de Contingencia para la Atención Educativa Integral a los estudiantes ucranianos desplazados tiene como objetivo acoger a estudiantes, investigadores y personal de administración y servicios comprendidos en el ámbito subjetivo de protección temporal contemplado en la Orden PCM/170/2022, de 9 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de marzo de 2022, por el que se amplía la protección temporal otorgada en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo de 4 de marzo de 2022 a personas afectadas por el conflicto de Ucrania que puedan encontrar refugio en España.

Dicho Plan contempla, entre otras, actuaciones de apoyo lingüístico y cultural, de orientación académica, de alojamiento en residencias universitarias y de facilitación de acceso a las actividades académicas, así como a los servicios sociales ofrecidos por las universidades. En el caso de personal investigador y de administración y servicios comprendido en el ámbito subjetivo de protección temporal señalado se procurará, además, su incorporación a los grupos de investigación, las unidades y los centros universitarios.

Se prevén actuaciones necesarias para agilizar la tramitación de los procedimientos de homologación y equivalencia de los títulos académicos, así como para la incorporación a la iniciativa del Consejo de Europa European Qualifications Passport for Refugees.

Medidas de eficiencia energética de la Administración

Se adoptan medidas de racionalización del uso de los edificios administrativos y sus instalaciones, que faciliten la prestación del servicio por los empleados públicos mediante la aplicación de diferentes fórmulas organizativas.

Medidas para la garantía de los etiquetados de los alimentos

Como consecuencia de la reducción en el suministro de algunas materias primas provocada por la guerra de Ucrania, la norma permitirá a las empresas reetiquetar productos cuya composición se haya reformulado mientras la disponibilidad de determinados recursos esté comprometida por razones de aprovisionamiento.

Los operadores podrán, por tanto, utilizar etiquetas o pegatinas adhesivas, impresión por chorro de tinta u otros sistemas equivalentes. El requisito obligatorio es que recojan la información actualizada relativa a los ingredientes que reemplacen a los utilizados anteriormente.

Igualmente, las empresas alimentarias podrán reetiquetar sus envases previamente fabricados. Además, las compañías tendrán que anular la declaración del ingrediente que haya sido sustituido, tanto en la denominación de venta como en la lista de ingredientes. Asimismo, seguirá siendo obligatorio reportar en todas las etiquetas la presencia de alérgenos.

Los operadores y minoristas podrán utilizar instrumentos complementarios a la sobreimpresión de las etiquetas (como códigos QR, páginas web o carteles en el establecimiento de venta) para transmitir qué información se ha modificado. Estos medios complementarios en ningún caso sustituirán a la información obligatoria facilitada en el etiquetado.

 

 

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