Responde al mandato contenido en la disposición adicional sexta de la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
Sobre la capacidad intelectual limitada:
Se considera como persona con capacidad intelectual límite al individuo que presenta un cociente intelectual por debajo del considerado como general y que, además, presenta dificultades en la interacción con el entorno, lo que dificulta su desarrollo humano y su plena participación en la vida social.
¿Cuál es el objetivo de la norma?
Establecer la relación concreta de medidas de acción positiva que mejor se adecúen al perfil personal y profesional del colectivo con el objetivo de promover su acceso al empleo y favorecer su integración laboral en el mercado ordinario de trabajo.
Se fijan los valores por los que se considerarán destinatarios finales de este programa de empleo las personas con discapacidad intelectual de más de un 20% y que no alcancen el 33% y también las personas sordas y con discapacidad auditiva, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento.
Los empleadores tendrán la posibilidad de solicitar subvenciones con cargo a los servicios públicos de empleo competentes, con el objetivo de introducir las adaptaciones necesarias en el puesto de trabajo y eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas con capacidad intelectual límite. Podrán acceder a una subvención de 2.000 euros por cada contrato de trabajo indefinido celebrado a tiempo completo.
Por otro lado, los contratos para la formación y el aprendizaje podrán ampliarse hasta un plazo máximo que no podrá exceder de cuatro años, recabando los informes competentes, cuando, debido al tipo y grado de discapacidad y demás circunstancias individuales y profesionales del trabajador, así como las características del proceso formativo a realizar, el trabajador no hubiese alcanzado el nivel mínimo de conocimientos requeridos para desempeñar el puesto de trabajo.