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Juez declara nulo un despido de una trabajadora que reclamó por nóminas no pagadas

By 6 junio, 2023 No Comments
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lEl Juzgado de lo Social número 2 de Vigo declara nulo el despido de una trabajadora, al comunicarlo tras haber reclamado el pago de nóminas atrasadas. [TOL9.553.765]

En una reciente sentencia, el Juzgado de lo Social número 2 de Vigo ha declarado nulo el despido de una auxiliar administrativo que trabajaba en una consultoría jurídica. La empresa despidió a la empleada el mismo día en que solicitó el pago de dos nóminas pendientes a sus jefes.

La trabajadora había causado baja temporal en agosto, a lo que la empresa respondió correctamente. Sin embargo, en septiembre solicitó por correo el pago de las nóminas correspondientes a julio y agosto, al no haberlas percibido. La empresa respondió a última hora del mismo día, comunicando su despido, argumentado bajo causas objetivas no especificadas.

Ante dicha situación, la trabajadora acudió ante el Juzgado de lo Social, al considerar que el despido estaba realmente fundamentado en la reclamación de las nóminas pendientes.

Violación de los derechos fundamentales de la trabajadora

El juez encargado del caso determina que la decisión de la empresa constituye una represalia ilegal contra la trabajadora, por ejercer su derecho constitucional y legítimo de exigir el pago de salarios atrasados. 

La sentencia cita la STC 6/2011, en la que figura el contenido de la garantía de indemnidad, afectada en el presente caso, afirmando que se traduce en: «la imposibilidad de adoptar medidas de represalia derivadas del ejercicio por el trabajador de la tutela de sus derechos», ya que, «entre los derechos laborales básicos de todo trabajador se encuentra el de ejercitar individualmente las acciones derivadas de su contrato de trabajo», como en este caso es reclamar por los salarios no percibidos.

El fallo concluye que la decisión de la empresa viola los derechos fundamentales de la empleada por dos razones. En primer lugar, el despido a una persona que está en situación de incapacidad temporal. En segundo lugar, el juez considera que el despido fue una represalia por ejercer una reclamación legítima, señala una ausencia de causas objetivas que lo justifiquen.

Por ello, declara el despido nulo, y estima la recepción de una indemnización por el daño moral causado, junto con las nóminas pendientes. La empresa deberá pagar a la trabajadora un total de 4.666 euros.

 

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