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Embarazo de riesgo: indemnización de 45.000 euros por perdida fetal

By 3 octubre, 2023 enero 24th, 2024 No Comments
Embarazo de riesgo

 

Embarazo de alto riesgo | Estimación parcial de la demanda

El Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha estimado parcialmente la demanda de una mujer que sufrió la pérdida de su bebé durante un embarazo de alto riesgo. La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha determinado que la afectada tiene derecho a una indemnización de 45.000 euros.

Según los registros, el Tribunal consideró que la atención brindada a la madre en 2014 no fue la adecuada. A raíz de esta falta de atención, la mujer tuvo que ser hospitalizada y monitoreada.

La demandante había interpuesto un recurso contra la resolución emitida por la Conselleria de Sanidad el 15 de noviembre de 2019, donde se desestimaba su reclamación de responsabilidad patrimonial sanitaria 348/14. Originalmente, solicitaba una indemnización de 90.000 euros, más intereses desde la fecha en que presentó la reclamación administrativa.

Hechos probados

La situación surgió cuando la mujer, estando embarazada, acudió al hospital por molestias abdominales. Tras varias revisiones, se determinó que había sufrido una muerte fetal intraútero. Los informes médicos subrayaron que el embarazo era de alto riesgo y que la mujer debía seguir las recomendaciones médicas y hospitalizarse para monitorear el bienestar fetal. Un perito judicial añadió que, si bien se deberían haber tomado medidas más adecuadas, no es seguro determinar si estas habrían evitado el trágico desenlace.

El Tribunal determinó que la atención médica no cumplió con los estándares apropiados. Además, señaló que, aun actuando de forma correcta, no se podría asegurar que se hubiera evitado la muerte fetal. En este contexto, la sentencia hizo uso de la doctrina de “pérdida de oportunidad”, estableciendo la indemnización en 45.000 euros, y no los 90.000 euros inicialmente solicitados.

Fallo de la sentencia

En cuanto al fallo judicial, se ha aceptado parcialmente el recurso contra la resolución anterior, concediendo a la demandante 45.000 euros más intereses. No se imponen costas judiciales. Cabe destacar que esta sentencia puede ser recurrida ante la Sala 3ª del Tribunal Supremo en un plazo máximo de 30 días.