La ampliación de aforos, según señala el TSJ, supone un “plus de riesgo”
El TSJ de Galicia ha autorizado a la Xunta a exigir la presentación del certificado “covid” de vacunación, recuperación o prueba diagnóstica negativa para acceder a los locales de ocio nocturno. La ampliación de aforos, según señala el TSJ, supone un “plus de riesgo”
La medida que se trae para su autorización se dirige a una sola actividad: el ocio nocturno. Para autorizar la medida, la sección tercera, ha tenido en cuenta el informe técnico del pasado 19 de octubre, que advierte que la mejoría de la situación epidemiológica no evita la persistencia de la circulación del virus.
Igualmente, los jueces destacan que la medida se aplica en espacios en los que resulta difícil renovar el aire de forma natural. Por tanto, es más fácil que se transmita el virus.
Consideran evidente la utilidad de la medida de prevención, que tiene como finalidad impedir que accedan a estos establecimientos clientes que no cumplan con los certificados de vacunación, recuperación o prueba del Covid 19.
Los jueces, por tanto, consideran que dicha medida es “idónea, proporcionada y necesaria” para evitar la propagación del coronavirus.
Asimismo, el TSJ de Murcia acaba de ratificar las medidas adoptadas por la Región, por la orden de 19 de octubre de 2021.