Se incorporará una nueva casilla en el modelo de presentación de pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, entre otras modificaciones.
La Agencia Tributaria publica el proyecto para modificar la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, en relación al modelo 202 del Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, y al modelo 222 para efectuar pagos fraccionados a cuenta del impuestos de sociedades en régimen de consolidación fiscal. Establece además, las condiciones generales y el procedimiento de presentación electrónica a seguir.
La Orden se modificará en virtud de lo dispuesto por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, que introduce una disposición adicional en la Ley de IS.
A continuación señalamos las novedades más destacadas.
Nueva casilla para contribuyentes con cifra de negocios inferior al millón
La mencionada Ley de Presupuestos Generales de 2023 aprueba un nuevo tipo de gravamen reducido para entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios durante el periodo impositivo anterior sea inferior a un millón de euros. Esta disposición se aplicará a partir del periodo impositivo de 2023. Además, la modificación rebaja en dos puntos porcentuales el tipo de gravamen general. La finalidad es reducir la carga tributaria de las pequeñas empresas.
Se incorporará una nueva casilla en los modelos 202 y 222 relativos a las autoliquidaciones de pagos fraccionados para los contribuyentes mencionados. De esta forma se facilita la cumplimentación del modelo correspondiente.
Para ello, se sustituirán los Anexos recogidos en la Orden para cumplir con las disposiciones mencionadas en relación a la presentación de los modelos 202 y 222.
Disposición adicional decimoctava de la Ley del IS
La nueva disposición incorpora en la ley una medida temporal para la determinación de la base imponible en el régimen de consolidación fiscal. Consiste en que dicha base incluirá las bases imponibles positivas y el 50% de las negativas correspondientes a todas las entidades integrantes del grupo fiscal. Las bases no incluidas se integrarán en cada uno de los 10 primeros períodos impositivos, a partir de 2024.
Para facilitar la cumplimentación de su presentación, se adapta el modelo 222 y el Anexo sobre comunicación de datos adicionales.
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