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El CGPJ cuestiona la definición de “consentimiento” de la Ley de libertad sexual

By 7 diciembre, 2020 No Comments
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Anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual.

 

 

¿Cuál será la redacción que contenga el Código penal con la reforma?

“1. Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como reo de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. Se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores, concluyentes e inequívocos conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad expresa de participar en el acto.

 

  1. A los efectos del apartado anterior, se consideran en todo caso agresión sexual los actos de contenido sexual que se realicen empleando violencia, intimidación o abusode una situación de superioridad o vulnerabilidad de la víctima, así como los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentidoo de cuya situación mental se abusare y los que se realicen cuando la víctima tenga anulada por cualquier causa su voluntad.

 

  1. El Juez o Tribunal, razonándolo en la sentencia, y siempre que no concurran las circunstancias del artículo 180, podrá imponer la pena de prisión inferior en grado o multa de dieciocho a veinticuatro meses, en atención a la menor entidad del hecho”.

 

Parecer del CGPJ:

Algunos de los ponentes abogan, directamente, por suprimir el párrafo en que, implícitamente, se dice que solo sí es sí. La razón es que algunos consideran un error definir el consentimiento de manera negativa, pues provoca indeterminación.

Tras la primera reunión los ponentes han considerado que basta con establecer que será agresión sexual cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento.

Según el CGPJ no hay, con la actual regulación, un problema de seguridad jurídica ni de deficiente regulación y ello se pone de manifiesto con la Sentencia del Tribunal Supremo de “La Manada”.

Los miembros del CGPJ que han de informar han pedido, igualmente, un informe sobre Derecho comparado para estudiar la regulación legal en otros países. Por ejemplo, han solicitado un Informe sobre la regulación del consentimiento en Alemania o en Suecia.

El CGPJ tendrá que informar, y previsiblemente lo hará a finales de enero, sobre el anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual.