La Fiscalía General del Estado, ha emitido un decreto de unificación a través del cual se pretende que todos los integrantes del Ministerio Fiscal den una respuesta uniforme que garantice el principio de unidad de actuación ante la revisión de aquellas sentencias firmes tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual.
Por tanto, Este Decreto se dirige a todos los integrantes del Ministerio Fiscal al objeto de proporcionar una respuesta uniforme que garantice el principio de unidad de actuación que proclama el art. 124 CE.
El presente Decreto se emite al amparo de lo dispuesto en el art. 25.1 y 2 EOMF, tras el acuerdo y las aportaciones realizadas por la Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, los cuatro Fiscales de Sala Jefes de la Sección Penal del Tribunal Supremo y el Fiscal de Sala Jefe ante el Tribunal Constitucional.
Decreto de unificación | Cuando procederá la revisión de las sentencias
- «(…) procederá cuando la pena efectivamente impuesta exceda en abstracto de la que correspondería imponer en aplicación de los preceptos de la nueva legislación penal». Por tanto, indica el decreto, procederá la revisión de las sentencias firmes, aplicando la disposición más favorable considerada taxativamente y no por el ejercicio del arbitrio judicial.
Asimismo, se evitará la adaptación automática de las penas anteriormente impuestas en proporción aritmética al nuevo marco punitivo.
- A la hora de determinar la ley más favorable, tomarán en consideración el marco penológico de aplicar la pena en su mitad inferior o superior. O en su caso, de aplicar la pena superior o inferior en grado.
- En los supuestos de concurso de delitos, las/los fiscales realizarán una comparación global a fin de determinar qué pena corresponde a ese concurso. En ningún caso será admisible calificar alguno o algunos de los delitos que conforman el concurso con arreglo a los preceptos que se derogan.
- Los fiscales priorizarán el examen de los procedimientos que con motivo de la revisión efectiva de la pena pueda dar lugar a la excarcelación de la persona condenada.
De obligado cumplimiento para el Ministerio Fiscal
El decreto, de obligado cumplimiento para los miembros del Ministerio Fiscal, se ha dictado para no demorar las pautas concretas para la revisión de sentencias hasta la publicación de una Circular del Fiscal General del Estado, que se emitirá próximamente una vez se someta al preceptivo informe de la Junta de Fiscales de Sala.
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