ACTUALIDAD JURÍDICA

Condenados al pago de multas por cohecho un exalcalde de Alicante y un empresario en la causa relativa al diseño del urbanismo de la ciudad

By 15 julio, 2021 No Comments

Ha absuelto a todos los acusados de los delitos de corrupción, tráfico de influencias, prevaricación, revelación de secretos y aprovechamiento de información privilegiada

 

La AP de Alicante ha condenado al pago de multas al exalcalde de la ciudad de Alicante, Díaz Alperi, y al empresario alicantino, Enrique Ortiz, como autores de un delito de cohecho en el marco de la causa “Brugal”, relativa al diseño del PGOU de la ciudad.

La Sala, sin embargo, ha absuelto a todos los acusados de los delitos de corrupción, tráfico de influencias, prevaricación, revelación de secretos y aprovechamiento de información privilegiada.

Los hechos enjuiciados se remontan a los años 2008, 2009 y 2010, periodo en el que culminó la elaboración del PGOU de Alicante y su exposición pública.

Los Magistrados han considerado como susceptible de condena los hechos referidos al regalo de un bolso de lujo que le hizo Ortiz a Castedo en las navidades de 2008 y el disfrute de un viaje a Creta en avión privado, por parte de Díaz Alperi. Respecto al bolso, sin embargo, el Tribunal considera prescrito el delito de cohecho impropio pasivo en que podría haber incurrido la regidora. En cuanto al viaje regalado a Díaz Alperi, la Sala cree que no ha quedado probado que fuera costeado por Ortiz, sino por otro empresario no acusado en este procedimiento, quien lo hizo “en atención al cargo político” que tenía el entonces alcalde.

Aunque ha validado la mayoría de las intervenciones telefónicas efectuadas durante la instrucción, sí ha declarado la nulidad de las prórrogas de las escuchas realizadas a la mujer del empresario condenado.

También ha invalidado la validez de las pruebas relativas a las posibles irregularidades del PGOU alicantino recogidas en algunos registros, pues éstos habían sido ordenados para investigar hechos de otra de las ramas del ‘caso Brugal’.

En líneas generales, el Tribunal considera que no existen pruebas de que los exalcaldes Díaz Alperi y Castedo facilitaran información reservada sobre el planeamiento urbanístico ni que influyeran en técnicos y funcionarios para beneficiar a Ortiz a cambio de diferentes dádivas y regalos.