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El TC, por unanimidad, avala la competencia del TS para juzgar la causa penal de los líderes del procés

By 18 febrero, 2021 No Comments
Declaración de inconstitucionalidad

 Avala la competencia en atención a la condición de aforados de los encausados y por razones de conexidad

 

El Pleno del Tribunal Constitucional (en adelante, TC) por unanimidad ha resuelto:

“En atención a todo lo expuesto el Tribunal Constitucional por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española ha decidido desestimar el recurso de amparo interpuesto por doña Meritxell Borràs y Solé”.

El TC ha desestimado el recurso de amparo interpuesto por la señora Borràs y Solé contra la Sentencia dictada por la Sala Segunda, la Sala de lo Penal del TS, de 14 de octubre de 2019, que condenó a la recurrente como autora de un delito de desobediencia a la pena de multa de 10 meses, con una cuota diaria de 200 euros.

La Sentencia del TC, cuyo ponente ha sido el Magistrado D. Cándido Conde-Pumpido Tourón, avala la competencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo para el enjuiciamiento de este procedimiento, en atención a la condición de aforados de los encausados y a que parte de los hechos fueron cometidos en el extranjero. El Tribunal considera que dicha competencia tiene su base legal explícita para extenderse a los responsables por conexidad.

En la deliberación de la sentencia no ha intervenido el magistrado Antonio Narváez por haberse abstenido, como informamos en días anteriores.