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ACTUALIDAD JURÍDICA

Aplicación del agravante de discriminación por raza

By 25 mayo, 2023No Comments
Rectificación del sexo registral
  • Origen: Audiencia Provincial de Barcelona; Número Sentencia: 130/2023;  TOL9.479.298 

La Audiencia Provincial de Barcelona ha dictado una sentencia condenando a dos hombres por tres delitos de lesiones y uno de amenazas leves, aplicando el agravante de discriminación por raza u origen nacional. Durante una pelea, los agresores dirigieron frases ofensivas hacia un grupo de personas, como «sudacas de mierda» o «iros a vuestro país». Inicialmente, el caso fue juzgado por el de lo Penal Nº9 de Barcelona. El juzgado impuso penas de prisión a los acusados y se les ordenó indemnizar a las víctimas. Sin embargo, los condenados apelaron la sentencia y la Audiencia Provincial ha reducido las condenas al considerar que las amenazas eran leves y las lesiones menos graves.

Agravante de discriminación por raza

La Audiencia Provincial confirmó el agravante de discriminación por raza u origen nacional, ya que la agresión estuvo motivada por la etnia y nacionalidad de las víctimas. Consideraron que el término «sudaca» empleado junto con el calificativo «de mierda» constituye un insulto racista. La sentencia modificó los hechos probados establecidos en la sentencia de primera instancia.

Los agresores golpearon a una de las víctimas con una muleta en la cabeza, continuando la agresión incluso cuando la víctima estaba en el suelo. Cuando la cuñada del agredido intentó defenderlo, también recibió golpes. Durante la pelea, los agresores proferían insultos como «sudacas de mierda» y «iros a vuestro país». Las lesiones sufridas por las víctimas incluyeron traumatismos craneales, fracturas y estrés postraumático.

Amenazas de entidad leve

En sus recursos, los acusados argumentaron que no participaron en algunos de los delitos y negaron haber proferido expresiones racistas. Alegaron falta de pruebas y errores en la valoración de la prueba por parte del tribunal de primera instancia. La Audiencia Provincial estimó parcialmente los recursos.  Pues consideró que las amenazas eran de entidad leve y que una de las muletas utilizadas no cumplía los criterios para ser considerada un instrumento peligroso.

En resumen, la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona condena a dos hombres por delitos de lesiones y amenazas leves, aplicando el agravante de discriminación por raza u origen nacional. La sentencia reduce las penas impuestas en primera instancia, considerando que las amenazas fueron leves y que una de las muletas no era un instrumento peligroso.