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Anteproyecto de Ley para proteger a las personas que informen sobre corrupción

By 10 marzo, 2022 No Comments
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El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Justicia, el Anteproyecto de Ley que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción con el objeto de transponer la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea (UE).

El objeto de la Directiva es proteger a todas aquellas personas que informen sobre corrupción o fraudes y violaciones del Derecho de la Unión Europea. Esta Directiva establece una regulación dirigida tanto al sector privado como público y dota de un sistema eficaz de protección a las personas que informan sobre irregularidades y corrupción. 

El nuevo anteproyecto establece, entre otras cuestiones, un régimen jurídico que garantiza la protección efectiva de aquellas personas que, tanto en el seno de organizaciones públicas como privadas, comuniquen información relativa a infracciones del Derecho de la Unión y del Derecho nacional.

También regula los sistemas internos de información, que se perfilan como cauce preferente dentro de la libertad del informante para elegir el canal a seguir según las circunstancias y los riesgos de represalias que considere, garantizando asimismo el respeto a la legislación específica en la materia y para distintos sectores como son el financiero, de seguros, de auditoría, de competencia o de mercados de valores.

Establece la obligación de disponer de canales internos de información tanto para empresa, con más de 50 trabajadores, como para las personas jurídicas del sector privado que tengan entre 50 y 249 trabajadores y que así lo decidan, las cuales podrán compartir entre sí el sistema interno de información y los recursos destinados a la gestión y tramitación de las comunicaciones, tanto si la gestión del sistema se lleva a cabo por la propia entidad como si se ha externalizado, respetándose en todo caso las garantías previstas en esta ley.

En el sector público tendrán que contar con un sistema interno de información las Administraciones públicas, las universidades, las sociedades y fundaciones que integran el sector público, las corporaciones públicas y todos los órganos constitucionales, entre otros.

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