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ACTUALIDAD JURÍDICA

Se confirma que el Pazo de Meirás es propiedad del Estado

By 15 febrero, 2021No Comments

La Audiencia Provincial de A Coruña confirma que el pazo de Meirás es propiedad del Estado

La AP de A Coruña ha declarado que el pazo de Meirás, y las fincas incluidas en el recinto, son propiedad del Estado, tal y como decretó el Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña.

En la sentencia que responde al recurso de apelación presentado por la familia Franco, condena a los herederos a desalojar esas propiedades, “dejándolas libres y a disposición del Estado español, con liquidación de los gastos útiles y necesarios”, y ha ordenado la cancelación de las inscripciones registrales contradictorias sobre las fincas.

Los magistrados de la AP han confirmado la sentencia de primera instancia en lo relativo a la propiedad del pazo, pero han revocado parcialmente el fallo en otras cuestiones.

Reconocen a los apelantes el derecho a ser resarcidos en los gastos necesarios en que incurrieron para la conservación del inmueble, pues consideran acreditado que realizaron “múltiples obras de rehabilitación y mantenimiento” y que, tras el incendio de 1978, ejecutaron “múltiples reparaciones”. Los jueces entienden que es “obvio” que si el edificio hubiese estado abandonado durante cuarenta y cinco años “su estado actual sería ruinoso”. La cantidad que deberá abonarles el Estado por esos gastos se definirá en la fase de ejecución de la sentencia.

En lo que respecta a la liquidación del estado posesorio (restitución de los gastos en los que podría haber incurrido la familia mientras fue titular del inmueble), la magistrada de primera instancia entendió que no cabía porque la propiedad fue incorporada al patrimonio de la familia Franco “de mala fe”.

Los magistrados de la Audiencia Provincial, sin embargo, consideran que no hay pruebas de que los demandados fuesen conscientes de que el título de propiedad de su abuelo fuese inválido.

Además, los magistrados destacan que “como tales dueños” han sido tratados hasta ahora por la propia Administración: aunque se diese por cierta la mala fe posesoria en Francisco Franco, no necesariamente se transmite a sus herederos.

La Audiencia indica que Francisco Franco intentó regularizar la situación del pazo en el registro porque el pergamino de donación “no era documento hábil para obtener la inmatriculación al no ser una escritura pública”.

Subraya que, a su juicio, lo relevante es que los terrenos colindantes al edificio “los ocupa el aparato del Estado desde el primer momento, desplegando su capacidad de ejercer la fuerza sobre los ciudadanos”, así como que el Estado es el que realiza las obras de acondicionamiento.

Concluye la sala que, desde 1975 hasta la actualidad, según el fallo, son los herederos los que asumieron esos costes de mantenimiento, por lo que la Audiencia les reconoce el derecho a ser indemnizados.

Fuente: Prensa CGPJ