El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Majadahonda ha remitido testimonio al Gobierno de una Sentencia en la que absuelve a un joven que profirió frases ofensivas a una menor en plena calle.
El magistrado expone en su resolución que los delitos de la injuria leve y la vejación injusta fueron despenalizados por el legislador en 2015 y, por tanto, este hecho le impide en este caso concreto castigar penalmente la conducta del denunciado.
En ese sentido, el juez indica que varios estados, como Francia, Portugal, Perú o Argentina, han regulado este tipo de conductas de acoso callejero y explica que “estamos específicamente ante un supuesto que afecta a bienes jurídicos relevantes de la denunciante y cuyo resultado genera una injustificada impunidad” para concluir que “sería deseable que estas formas de acoso callejero de baja intensidad en los que hay un injustificado constreñimiento de la libertad y tranquilidad de las mujeres” tuvieran una tipificación expresa el derecho penal.
Por último, el magistrado recuerda que es consciente de que existe en tramitación un Anteproyecto de Ley Orgánica (la denominada ‘Ley de libertad sexual’) que tiene previsto incluir un párrafo al artículo 173.4 dirigido a castigar a ‘quienes se dirijan a otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones sexuales o sexistas que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad’.
Fuente: Comunicación Poder Judicial