Por primera vez que un tribunal estima una acción de cesación colectiva de gastos hipotecarios interpuesta por ASUFIN, tras las recientes sentencias del TJUE y el Supremo en julio de 2020. Cualquier consumidor que tenga en su escritura de constitución de hipoteca una cláusula de las que aparecen en el fallo de las sentencia puede pedir, en ejecución de sentencia, esa devolución como beneficiario de la condena (en virtud del artículo 519 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
FJ4º. En materia de intereses, se devengan los legales desde que se hizo el pago indebido ( Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de diciembre de 2018), pues se aplica analógicamente el artículo 1896 del Código Civil , ya que la calificación de la cláusula como abusiva es equiparable a la mala fe del predisponente. Conforme a dicho precepto, cuando haya de restituirse una cantidad de dinero deberá abonarse el interés legal desde el momento en que se recibió el pago indebido – en este caso, se produjo el beneficio indebido.