El BOE ha publicado el Real Decreto 608/2023, de 11 de julio, por el cual se desarrolla el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización de Empleo. [TOL9.637.303]
El real decreto tiene por objeto desarrollar el artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores, sobre el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización de Empleo, que permitirá a las empresas la solicitud de medidas de reducción de jornada y suspensión de contratos de trabajo.
Se trata de un instrumento diseñado para mantener el empleo en situaciones de crisis cíclicas o sectoriales. Consolida así su carácter estructural, sucede a los expedientes de regulación temporal de empleo o ERTE, que en pandemia demostraron su efectividad al alcanzar un grado de garantía de estabilidad para muchos trabajadores.
El presente real decreto se articula en treinta artículos, distribuidos en cuatro capítulos, una disposición adicional única, tres disposiciones transitorias, una derogatoria única y seis disposiciones finales.
Entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, el día 13 de julio de 2023.
Sobre el desarrollo del nuevo mecanismo
El Mecanismo Red se recoge en el Real Decreto-ley 32/2021 de medidas urgentes para reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. Mediante el presente Real Decreto se aprueba el desarrollo reglamentario, en el que observamos los beneficios en la cotización a la Seguridad Social para las empresas, así como las acciones formativas y el compromiso del mantenimiento del empleo al que van vinculadas dichas exenciones en la cotización.
La normativa señala que será la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la que ostente la autoridad laboral para pronunciarse sobre los requisitos para solicitar la ayuda. Además, el real decreto describe el procedimiento a seguir para ello, con la garantía de participación de interlocutores sociales. Además, se dotará de un fondo de financiación para la protección social de las personas acogidas al mecanismo y la exoneración de las empresas.
En definitiva, desarrolla el régimen jurídico completo del Mecanismo RED: tanto el procedimiento para que las empresas puedan aplicar las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos, las competencias sobre su gestión, la gobernanza del mecanismo y sus garantías –protección de las personas trabajadoras, beneficios en la cotización a la Seguridad Social, acciones formativas, compromiso de mantenimiento del empleo, límites en materia de horas extraordinarias, contrataciones y externalizaciones– y normas en materia de Seguridad Social.