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ACTUALIDAD JURÍDICA

Prohibición de abuso de posición dominante

By 16 marzo, 2023No Comments
Doble incriminación:

La sentencia habla sobre una disputa entre dos operadores de televisión digital terrestre en Francia. El TJUE entiende que la prohibición de abuso de posición dominante permite un control ulterior a nivel nacional de una operación de concentración de empresas de dimensión no comunitaria.

Posición dominante de la sociedad TDF

La plataforma de Televisión Digital Terrestre (TDT) fue desplegada en Francia a partir de 2005. El principal operador de la red de TDT es la sociedad TDF. Esta sociedad había gozado hasta entonces de un monopolio estatal sobre el mercado francés de la teledifusión por vía hertziana.

Mas adelante, tras la liberalización del espacio audiovisual francés, adquirió el control exclusivo de Itas en 2016. Towercast, uno de los competidores de TDF, denunció que esta adquisición viola la prohibición de abuso de posición dominante establecida por la Unión Europea. Ya que, como declara, TDF obstaculiza la competencia en los mercados mayoristas, de producción y de distribución.

Autoridad de Competencia francesa | Desestima la denuncia por abuso de posición dominante

La Autoridad de Competencia francesa desestimó la denuncia, por lo que Towercast recurrió ante el Tribunal de Apelación de París. Este órgano jurisdiccional pregunta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea si una autoridad nacional de competencia puede examinar ulteriormente una operación de concentración llevada a cabo por una empresa que goza de posición dominante, cuando dicha concentración quede por debajo de los umbrales de volumen de negocios pertinentes.

Prohibición de abuso de posición dominante ante una operación de concentración de dimensión no comunitaria

El Tribunal de Justicia responde que una operación de concentración de dimensión no comunitaria puede ser objeto de control por las autoridades nacionales de defensa de la competencia y por los tribunales nacionales en virtud del efecto directo de la prohibición de abuso de posición dominante prevista por el Derecho de la Unión:

  • El control previo de las operaciones de dimensión comunitaria no excluye un control ulterior de las operaciones de concentración que no alcancen dicho umbral.

Durante el control ulterior a la luz de la prohibición del abuso de posición dominante, la autoridad que conoce del asunto debe comprobar si el adquirente que ocupa una posición dominante en un mercado determinado y que ha adquirido el control de otra empresa en dicho mercado ha obstaculizado sustancialmente, mediante el referido comportamiento, la competencia en ese mercado.

Por lo tanto, este caso destaca la importancia de la prohibición de abuso de posición dominante en el control de las operaciones de concentración y cómo las autoridades nacionales de defensa de la competencia pueden aplicarla en operaciones de dimensión no comunitaria.