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¿Cómo eliminar fotos y vídeos de Internet? Guía práctica según la AEPD

By 26 enero, 2026No Comments

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La publicación de fotos y vídeos en Internet se ha convertido en una práctica habitual, pero no siempre se realiza con el consentimiento de las personas que aparecen en ellos. En estos casos, es importante recordar que la imagen es un dato personal y, como tal, está protegida por la normativa de protección de datos. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ofrece orientaciones claras sobre cómo solicitar la eliminación de fotos y vídeos difundidos en Internet de forma indebida.

Este artículo recoge, con base en la información oficial de la AEPD, los pasos que pueden seguirse para ejercer el derecho de supresión y proteger la privacidad en el entorno digital.

La imagen como dato personal y el derecho de supresión

Según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), cualquier información que permita identificar a una persona física constituye un dato personal. Esto incluye fotografías y vídeos en los que una persona sea reconocible. Cuando estas imágenes se publican sin base legal suficiente o dejan de ser necesarias para la finalidad para la que fueron difundidas, la persona afectada puede ejercer su derecho de supresión, también conocido como derecho al olvido.

La AEPD explica de forma detallada este derecho y sus límites en su apartado específico sobre cómo eliminar de fotos y vídeos de Internet, accesible desde su web oficial.

¿Cómo eliminar fotos y vídeos de Internet? Paso a paso

Primer paso: contactar con quien publicó el contenido

La AEPD recomienda, siempre que sea posible, comenzar solicitando la retirada de la foto o del vídeo directamente a la persona o entidad que lo haya publicado. En muchos casos, especialmente en el ámbito privado o personal. La mayoría de veces, esta vía resulta suficiente para que el contenido sea eliminado sin necesidad de acudir a instancias superiores.

Este primer contacto puede realizarse por escrito. Además, conviene conservar prueba de la solicitud, ya que será relevante si posteriormente es necesario acudir a la plataforma o a la propia AEPD.

Segundo paso: solicitar la retirada a la plataforma o red social

Si no se obtiene respuesta o la solicitud es rechazada, el siguiente paso es dirigirse a la plataforma donde se encuentra alojado el contenido. Redes sociales, servicios de alojamiento de vídeos y otras plataformas digitales actúan como responsables del tratamiento y están obligadas a atender las solicitudes de ejercicio de derechos.

La AEPD recoge enlaces y orientaciones para solicitar la eliminación de contenidos en plataformas como Meta (Facebook e Instagram), Google y YouTube, TikTok o X. Así pues, estas entidades disponen de formularios específicos para denunciar la publicación de imágenes que vulneren la protección de datos personales.

Con carácter general, la plataforma dispone de un plazo máximo de un mes para responder a la solicitud.

Tercer paso: reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos

Cuando la plataforma no responde en plazo o desestima la solicitud sin una justificación adecuada, la persona afectada puede presentar una reclamación ante la AEPD. Para ello, será necesario acreditar que previamente se ha intentado ejercer el derecho de supresión ante el responsable del tratamiento.

La AEPD analizará el caso y, si aprecia una vulneración de la normativa de protección de datos, podrá requerir la retirada del contenido y, en su caso, iniciar actuaciones sancionadoras.

Toda la información sobre este procedimiento se encuentra disponible en la web de la AEPD, en su sección dedicada a los derechos de los ciudadanos en Internet.

Eliminación de resultados en buscadores y derecho al olvido

Además de solicitar la retirada de fotos y vídeos del sitio donde se publicaron, es posible pedir a los motores de búsqueda que determinados resultados dejen de mostrarse cuando se busca el nombre de una persona. Este mecanismo, conocido como derecho al olvido, resulta especialmente relevante cuando las imágenes siguen siendo accesibles a través de buscadores, aunque su difusión ya no esté justificada.

La AEPD recuerda que este derecho no implica borrar la información de Internet. Sin embargo, sí implica limitar su accesibilidad a través de búsquedas nominativas, siempre que se cumplan los requisitos legales.

Recomendaciones finales

La Agencia Española de Protección de Datos insiste en la importancia de actuar con rapidez, recopilar pruebas de la publicación y conocer los derechos que reconoce la normativa vigente. Sus guías y recursos divulgativos constituyen una referencia esencial tanto para ciudadanos como para profesionales del Derecho que asesoran en materia de privacidad y protección de datos.

Eliminar fotos y vídeos de Internet es un derecho

Eliminar fotos y vídeos de Internet es un derecho reconocido por la normativa de protección de datos y respaldado por la actuación de la AEPD. Seguir los pasos recomendados —contactar con el responsable de la publicación, acudir a la plataforma y, en última instancia, reclamar ante la AEPD— permite a las personas recuperar el control sobre su imagen y su información personal en el entorno digital.

Desde una perspectiva jurídica, conocer estos mecanismos resulta clave para garantizar una protección efectiva de los derechos fundamentales en Internet, un ámbito en constante evolución y de creciente relevancia práctica.

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