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ACTUALIDAD JURÍDICA

Sistema de evaluación de control de confianza para los juzgadores del Poder Judicial, es contrario a los principios de independencia judicial. SCJN

By 11 noviembre, 2021No Comments

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el sistema implementado por el estado de Jalisco, relativo a la evaluación de control de confianza para los juzgadores del Poder Judicial del estado referido, trasgrede los principios de independencia y estabilidad judicial.

El referido sistema de evaluación consiste en pruebas toxicológicas, médicas y poligráficas, por tanto, la Suprema Corte consideró que dichas evaluaciones pueden ser aplicables a servidores públicos de corporaciones o instituciones de seguridad pública, sin embargo, no ha los juzgadores.

Se consideró a su vez, que la Constitución Política ordena a las entidades federativas a garantizar la independencia de las y los magistrados y jueces, mediante el establecimiento en sus constituciones locales y leyes orgánicas, de condiciones para el ingreso, formación y permanencia de quienes sirvan a los poderes judiciales estatales.

La Constitución, a su vez, ordena que los juzgadores sólo podrán ser privados de sus supuestos en los términos que fijen las constituciones y leyes de responsabilidad de los servidores públicos, lo que significa que los Congresos locales deben respetar la independencia judicial, lo cual se ve trasgredido por el sistema de evaluación de confianza, al hacer depender la estabilidad en el cargo del resultado de evaluaciones no correspondientes a reglas de responsabilidades administrativas.

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