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Pleno de la Suprema Corte de Justicia invalidó normas que contenían requisitos para acceder a cargos públicos locales

By 19 septiembre, 2022 No Comments

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió diversas acciones de inconstitucionalidad, promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y por el Poder Ejecutivo Federal, en contra de normas estatales que establecían los siguientes requisitos para acceder a cargos públicos:

1. Ser mexicano por nacimiento;

2. No haber sido condenado por cierto tipo de delito o sancionado administrativamente, y

3. Tener un modo honesto de vivir.

Al respecto, la Suprema Corte de Justicia determinó lo siguiente:

1. Las legislaturas locales carecen de facultades para reservar el acceso a cargos públicos a mexicanos por nacimiento;

2. Los requisitos relativos a no haber sido condenado por cierto tipo de delitos o sancionado administrativamente, como estaban formulados en las normas impugnadas y respecto a los cargos públicos a que se referían, resultan inconstitucionales por no superar un escrutinio ordinario, a la luz del derecho a la igualdad, y

3. La exigencia de tener un modo honesto de vivir constituye una condición sumamente subjetiva que se traduce en una forma de discriminación.

Por tanto, el Pleno declaró la invalidez de los artículos 49, fracciones XI y XIII de la Ley que crea el Centro de Conciliación y Arbitraje del Estado de Sonora; artículo 29, fracción VIII de la Ley que crea la Universidad de Ciencias de la Seguridad del Estado de Nuevo León; artículo 21, fracciones I y IV de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León, t artículo 42 fracciones IV y V, de la Ley de Medios Alternativos para la Solución de Conflictos del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.