Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el siguiente Decreto:
- Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de co-procesamiento de residuos.
Adiciones
Se adiciona una fracción LXIII al artículo 5°, para establecer la Termovalorización como el aprovechamiento de residuos orgánicos para la generación de energía eléctrica.
Asimismo, se adicionó el artículo 62 Bis, a fin de establecer que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, determinará la jerarquía de manejo de residuos para el co-procesamiento de los mismos, así como las mejores técnicas disponibles por razones de viabilidad técnica.
Reformas
Se reforma el artículo 62, para establecer las condiciones a las cuales se restringirán el co-procesamiento y la incineración de residuos, y los grados de eficiencia y eficacia que deberán alcanzar los procesos, y los parámetros ambientales que deberán cumplirse para verificar la prevención o reducción de la liberación al ambiente.
Por último, se reforma el artículo 63, y se establece que “la Secretaría, al reglamentar y normar la operación de los procesos de incineración y termovalorización de residuos permitidos, diferenciará estos procesos en su regulación del co-procesamiento”.